28 de abril - 1 de mayo- día no laborable - feriado

28 de abril no laborable y feriado 1 de mayo

25 de abril de 2023
GSA

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28 de abril, Día No Laborable:

 

Mediante Decreto Supremo N°151-2022-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros determinó los días no laborales para los trabajadores del Sector Público, tanto del presente año como del 2024.

 

Es así, que se estableció que este viernes 28 de abril de 2023 será día no laborable para los trabajadores del Sector Público. Por lo tanto, estos deberán recuperar el día no laborado en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública.

 

Asimismo, los empleadores del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto por este Decreto Supremo, salvo que brinden servicios de especial relevancia para la comunidad, tales como los servicios sanitarios, de limpieza, electricidad, agua, combustible, seguridad, etc.

 

1° de mayo, Día del Trabajo:

 

El lunes 1 de mayo de 2023 se conmemorará el Día del Trabajo, el mismo que es feriado no laborable.

 

La remuneración por este día se percibe sin estar sujeta a condición alguna.

 

De acuerdo a lo establecido por el artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 713, si algún trabajador laborase el lunes 1° de mayo de 2023, tendrá derecho a gozar de descanso sustitutorio por el trabajo en feriado o a percibir el pago por el día laborado con la sobretasa del 100%.

 

Quedamos de ustedes para absolver cualquier duda y/o consulta que pudiese surgir.


Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:

Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Fressia Sanchez Tuñoque, Elvira Castañeda, Sara Kalinicos García, Grecia Elena Aldonate Pinto; y Susana Rentería Poma.


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