Comercio Electrónico de Bienes para el Hogar y Afines: Protocolo Sanitario para el inicio gradual de actividades
En el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N°080-2020-PCM, en la fecha se emitió el Protocolo Sanitario en materia de Comercio Electrónico de Bienes para el Hogar y Afines, aprobado por la Resolución Ministerial N°137-2020-Produce con el objetivo de establecer lineamientos y directivas generales a fin de proteger la salud de todas las personas al riesgo de contagio del COVID-19.
Los lineamientos más relevantes que se deberán tener en consideración para la elaboración del Plan de para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo, son los siguientes:
DISPOSICIONES BÁSICAS | – El Plan de vigilancia, prevención y control del COVID -19 debe contener la estructura establecida en la R.M Nº239-2020-MINSA. – No deben exigir al trabajador pruebas de detección de COVID-19 como una condición para su contratación ni para aprobar su licencia por enfermedad ni cuando regresen al trabajo. – Designar a una persona a tiempo total como responsable de asegurar el cumplimiento estricto del protocolo. |
DISPOSICIONES SANITARIAS | Infraestructura y Ambiente de Trabajo – Aumentar la renovación del aire en todos los espacios de trabajo, ya sea de forma natural o forzada. – Puestos de atención al cliente y entrega de mercadería contarán con barreras como láminas u otro medio para evitar el contacto directo con el público en general. – Disponer los equipos, vehículos y áreas de forma tal que el espacio entre los trabajadores no sea menor a 2 metros. – Disponer un espacio o área aislada para efectos de poder atender de manera ambulatorio a las personas que manifiesten síntomas de COVID-19. Empleo de Equipos de Protección Personal (EPPs) – Clasificar los EPPs según los puestos del proceso y su riesgo al COVID-19. EPPs de bioseguridad como guantes, mascarillas quirúrgicas, lentes de protecciones u otros serán usados en función al riesgo de la actividad. – Establecer puntos estratégicos para el acopio de EPPs usados, así como, del material descartable (guantes, mascarillas u otros). Lavado y desinfección de manos – Definir el procedimiento para el lavado de manos; no puede ser menor a 20 segundos. Limpieza y desinfección – La limpieza y desinfección debe comprender la infraestructura, equipos, mobiliario, útiles de escritorio, vehículos y otros para el desarrollo de las operaciones. – No se permite desinfectar a las personas haciendo uso de los “túneles de desinfección”. – Cuando se tercerice el servicio de limpieza y desinfección debe proveerse a la empresa tercerizadora el listado de sustancias de limpieza a emplear, así como el calendario de limpieza. Manejo de Residuos Sólidos – Establecer puntos estratégicos para el acopio de EPPs usados asi como del material descartable (guantes, mascarillas u otros). – En caso se confirme un caso de COVID -19 y el trabajador infectado hubiera permanecido en las instalaciones durante los últimos 14 días, se debe considerar un manejo especial de los residuos potencialmente infectados con las medidas de control que aplican a los residuos biosanitarios. Prevención de la contaminación cruzada – Identificar junto con los trabajadores y mediante un análisis de riesgo aquellas condiciones que conlleven a una potencial contaminación cruzada con el COVID-19. – Considerar que la contaminación cruzada puede estar relacionada al uso de teléfonos, útiles de oficina, vestuarios, herramientos, equipos de trabajo, uso de guantes, tiempos de despacho entre otros. |
DISPOSICIONES DE CONTROL OPERATIVO | – Clasificar los puestos laborales según el nivel de riesgo de exposición. – No se atenderá directamente al público. – Evitar en lo posible el uso de documentación física con el cliente prefiriéndose el uso de medios digitales. – Elaborar un plan de vigilancia de factores de riesgo ergonómicos y psicosociales a identificar en cada centro laboral. – Establecer un medio de contacto entre los trabajadores y el profesional del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo para el reporte temprano de sintomatología en cada centro de trabajo. – El Grupo de Riesgo no participará en labores que impliquen contacto físico con las personas. Se mantendrán en cuarentena domiciliaria hasta el fin de la Emergencia Sanitaria Nacional (9 de julio). Ingreso del personal – Realizar control de temperatura de todos los trabajadores que ingresen al centro de trabajo (debe ser menor a 38ºC). – Evaluar la sintomatología COVID-19 en cada trabajador. – Todo trabajador con fiebre mayor o igual a 38ºC será manejado como caso sospesocho. – Incluir la aplicación de pruebas rápidas en caso se cuente con puestos de riesgo. Acciones frente a un caso de persona con COVID-19 – Si se confirma un empleado con COVID-19, los empleadores deben informar al resto de los empleados de su posible exposición al COVID-19 respetando la confidencialidad del empleado enfermo. – Realizar seguimiento clínico a distancia diario al trabajador y a los contactos identificados en el centro de trabajo. – No suministrar ningún medicamento; el servicio médico se encargará de brindar las indicaciones. – El personal que se reincorpora luego del “alta epidemiológica” de COVID-19, deberá usar los EPPs proporcionados según su puesto de trabajo, durante su jornada laboral y recibirá monitoreo de sintomatología COVID-19 por 14 días. |
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Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario Gómez, Fressia Sanchez Tuñoque Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira, y Grecia Elena Aldonate Pinto.
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