Aprueban los Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo durante la emergencia sanitaria

5 de May de 2020
GSA

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En el marco de la reactivación de las actividades económicas, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA”, tal como consta en la Resolución Ministerial N°103-2020-PCM.

Estos lineamientos serán aplicados por todas las entidades del Poder Ejecutivo., Sin embargo, cada entidad pública se encuentra facultada para aprobar lineamientos específicos para regular su funcionamiento, entrega de bienes, prestación de servicios y trámites, y acciones para la atención a la ciudadanía. Los lineamientos específicos no deberán trasgredir lo señalado en los Lineamientos Generales.

Dentro de las principales medidas tomadas y que son de interés a los administrados, se encuentran las siguientes:

  1. Aplicar el trabajo remoto en todas las actividades y acciones en las que fuera posible.
  2. La virtualización y habilitación de la digitalización de trámites, servicios u otros, así como mecanismos no presenciales, en caso fuera posible. Asimismo, de corresponder la entrega de notificaciones como resultado de procedimientos administrativos se deberá requerir la autorización expresa del administrado para la notificación electrónica, de conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444, con excepción de aquellos casos en que, por mandato legal, la notificación electrónica resulte obligatoria.
  3. Establecimiento de aforos máximos en los locales y mecanismos de gestión de cola y atención de forma que se mantenga el distanciamiento social; disponer mecanismos para la atención prioritaria de población en situación de vulnerabilidad; mecanismos de control de ingreso como medición de temperatura, limpieza y desinfección de calzado, desinfección de manos, etc.
  4. Dotar al personal de equipos de protección y seguridad (guantes, mascarillas, desinfectantes, entre otros), los que serán de uso obligatorio durante toda la jornada laboral, así como limpieza de calzado.
  5. Se podrán modificar los horarios de atención de las oficinas a fin de evitar la aglomeración, así también se establecerá la posibilidad de alternancia de oficinas de atención a la ciudadanía a nivel nacional en el supuesto que alguna de ellas tuviese que ser temporalmente suspendida por sospecha o presencia del COVID-19.
  6. Mejorar los canales de atención al público a través de medios digitales y/o telefónicos.
  7. Se acondicionarán las zonas físicas de las entidades en las que se brinde atención personal a la ciudadanía procurando evitar el contacto directo, teniendo presente la accesibilidad para personas con discapacidad.
  8. Preparar y difundir los protocolos de atención que detallen todas las recomendaciones sanitarias implementadas para la ciudadanía.

Los lineamientos se encuentran disponibles en la página web de la Presidencia del Consejo de ministros o en el siguiente link.


Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados del Estudio:

Dr. Luis Gastañeta, Dra. Shirley Cárdenas, Dr. Alfonso Tola, Dra. María Soledad Gastañeta y el Dr. Sergio Chang.


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