Autorizan la publicación para comentarios del “Procedimiento para la disposición de medidas transitorias de excepción de inscripción y modificación en el Registro de Hidrocarburos”

24 de September de 2020
GSA

Autor

El 23 de septiembre de 2020, a través de la Resolución de Consejo Directivo del OSINERGMIN Nº 150-2020-OS/CD, se dispuso la publicación del proyecto normativo referente al “Procedimiento para la disposición de medidas transitorias de excepción de inscripción y modificación en el Registro de Hidrocarburos”, a fin de recibir comentarios o sugerencias al mencionado proyecto. En ese sentido, se recibirán comentarios y/o sugerencias por escrito a través de la ventanilla virtual del Osinergmin o a la dirección electrónica comentarios.normas.5@osinergmin.gob.pe dentro del plazo de 15 días calendario siguientes a su publicación, es decir, hasta el 8 de octubre.

Asimismo, cabe resaltar los siguientes puntos del proyecto:

 

Objeto

Establecer las acciones de supervisión que el Osinergmin debe realizar y los medios probatorios a presentar para la disposición de medidas transitorias de excepción de inscripción y modificación en el Registro de Hidrocarburos.

Ámbito de aplicación

Casos donde se prevea o constate:

a) Una grave afectación de la seguridad;

b) Una grave afectación del abastecimiento interno de hidrocarburos de todo el país o de un área en particular;

c) La paralización de servicios públicos; o atención de necesidades básicas; o

d) Ante declaratorias de Estado de Emergencia que afecten a las actividades de hidrocarburos, en las que se puede dictar medidas transitorias que permitan exceptuar el cumplimiento de lo dispuesto en los reglamentos de comercialización y de seguridad.

Comunicaciones de administrados para el dictado de medidas transitorias

Los administrados pueden presentar comunicaciones al Osinergmin dirigidas a advertir que se prevé o constata alguno de los supuestos mencionados, las comunicaciones deben presentarse junto a medios de prueba.

En el caso de medidas transitorias consistentes en la excepción de inscripción o modificación en el Registro de Hidrocarburos, los medios de prueba serán los siguientes:

a) Informe o documento análogo emitido por autoridad del sector, o por el administrado, que sustente la causal de acuerdo a lo previsto en el Decreto Supremo N° 063-2010-EM, b) Escrito en el que se sustente la excepción, considerando los argumentos y documentos que respalden la imposibilidad de presentar los requisitos requeridos para la inscripción o modificación, c) Cronograma de actividades para la obtención de la inscripción o modificación, d) Póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual que cumpla con los requisitos y montos exigidos por la normativa vigente y comprenda la actividad a exceptuar.

Efectos de la disposición de la medida transitoria de excepción

La medida transitoria permite a los agentes realizar las Actividades de Hidrocarburos que esta disponga y acceder al Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), en caso corresponda, por el tiempo que determine la resolución en la que se dicta la excepción. La resolución que dispone la medida transitoria de excepción, puede establecer el cumplimiento de determinadas condiciones y/o acciones técnicas a cargo del agente, para mantener los efectos de la medida.

Para más información sobre los temas tratados contactarse con los abogados de nuestra Área de Recursos Naturales y Medio Ambiente:

José Miguel Morales Dasso, Alberto Varillas Cueto, Edgardo Portaro van Oordt, Felipe Del Águila, Samantha Boy Roca y José Castillo.

La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional.

 

Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio podrán encontrarse en nuestra página web: www.garciasayan.com.pe