Declaran barrera burocrática ilegal la imposición de plazo de vigencia para la inscripción en el registro de entidades autorizadas para elaborar estudios ambientales
La Comisión Especializada de Eliminación de Barreras Burocráticas, mediante la Resolución No. 0614-2019/SEL-INDECOPI, eliminó de oficio la imposición de plazo de vigencia para la inscripción en el registro de entidades autorizada para elaborar estudios ambientales, en aplicación del Decreto Legislativo 1256.
La decisión se fundamenta en que los títulos habilitantes tienen vigencia indeterminada, salvo que por ley o Decreto Legislativo se establezca un plazo determinado (artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General); sin embargo, excepcionalmente se puede establecer el plazo antes mencionado mediante Decreto Supremo, debiendo la entidad sustentar los criterios establecidos (necesidad, interés público a tutelar, entre otros).
En este caso, la entidad no acreditó haber cumplido con los criterios, con lo cual se declaró como Barrera Burocrática ilegal la imposición de plazo de vigencia para la inscripción en el Registro de Entidades Autorizadas para elaborar estudios ambientales con efectos inmediatos para todos los agentes económicos conforme al artículo 8 del Decreto Legislativo 1256.
En el siguiente link encontrarán la Resolución.
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