Grupo de Riesgo: Modifican los Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con riesgo de Exposición a COVID-19
El 13 de mayo de 2020, se publicó la Resolución Ministerial 283-2020-MINSA la misma que modifica el Documento Técnico denominado “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con riesgo de Exposición a COVID-19” estableciendo lo siguiente:
Grupo de Riesgo | Se modificó el conjunto de trabajadores considerados como Grupo de Riesgo, quedando considerados dentro de dicho de grupo las personas mayores de 65 años o quienes padezcan de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedades cardiovasculares, asma, enfermedad pulmonar crónica, insuficiencia renal crónica, cáncer, obesidad u otros estados de inmunosupresión. Así, los trabajadores que deben cumplir con la cuarentena domiciliaria deben presentar los siguientes factores: – Edad mayor de 65 años. – Hipertensión arterial no controlada. – Enfermedades cardiovasculares graves. – Cáncer. – Diabetes Mellitus. – Asma moderada o grave. – Enfermedad pulmonar crónica. – Insuficiencia renal crónica en tratamiento de hemodiálisis. – Enfermedad o tratamiento inmunosupresor. – Obesidad con IMC a 40 o más. |
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo | Los empleadores que no cuenten con el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo implementado pueden optar por aplicar el Anexo 1° de la Resolución Ministerial 239-2020-MINSA, referido a los profesionales de salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo según el tamaño del centro de trabajo. |
Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:
Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario Gómez, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira, Fressia Sanchez Tuñoque; y Grecia Elena Aldonate Pinto.
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