Modifican Reglamento de Operaciones con Dinero Electrónico

22 de March de 2020
GSA

Autor

En el marco de las acciones del Gobierno para controlar la propagación del COVID-19, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP consideró conveniente modificar los límites aplicables a las cuentas de dinero electrónico simplificadas a fin de facilitar la realización de las transacciones económicas.

En ese sentido, a través de la Resolución SBS N°1262-2020 que entró en vigencia el día de hoy, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP sustituyó los literales b), c), d) y e) del artículo 5 del Reglamento de Operaciones con Dinero Electrónico, quedando de la siguiente manera:

Texto Modificado Límite – Texto anterior
b) Cada transacción se encuentra sujeta al límite de tres mil soles (S/. 3,000.00). S/. 1,000.00 (Mil con 00/100 Soles)
c) El saldo consolidado de cuentas de dinero electrónico de un mismo titular, bajo cualquier modalidad, en un mismo emisor de dinero electrónico, no puede ser superior a diez mil soles (S/. 10,000.00). S/. 2,000.00 (Dos Mil con 00/100 Soles) S/.
d) Las conversiones a dinero electrónico acumuladas de un mismo titular, bajo cualquier modalidad, en un mismo emisor en un mes, no pueden ser mayores a diez mil soles (S/. 10,000.00). S/. 2,000.00 (Dos Mil con 00/100 Soles) S/.
e) Las transacciones acumuladas (conversiones, transferencias, pagos, reconversiones, etc.) de un mismo titular, bajo cualquier modalidad, en un mismo emisor en un mes, no pueden exceder de quince mil soles (S/. 15,000.00). S/. 4,000.00 (Cuatro Mil con 00/100 Soles) S/.

La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional.

Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio, podrán encontrarse en nuestra página web: www.garciasayan.com.pe