{"id":11140,"date":"2020-07-01T13:15:48","date_gmt":"2020-07-01T18:15:48","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/wordpress\/?p=10557"},"modified":"2020-07-01T13:15:48","modified_gmt":"2020-07-01T18:15:48","slug":"ministerio-publico-reanuda-actividades-presenciales-a-partir-de-1-de-julio-de-2020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/ministerio-publico-reanuda-actividades-presenciales-a-partir-de-1-de-julio-de-2020\/","title":{"rendered":"Ministerio P\u00fablico reanuda actividades presenciales a partir de 1 de julio de 2020"},"content":{"rendered":"\n<p>El d\u00eda martes 30 de junio de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial \u201cEl Peruano\u201d, la Resoluci\u00f3n de la Fiscal\u00eda de la Naci\u00f3n N\u00b0 733-2020-MP-FN, mediante la cual, se han dispuesto diversas medidas para la reanudaci\u00f3n de las labores presenciales del Ministerio Publico a partir del 1 de julio de 2020, entre las m\u00e1s resaltantes encontramos a las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" type=\"1\"><li>Se ha dispuesto que a partir del <strong>1 de julio de 2020 se reanuden gradualmente las actividades en el Ministerio P\u00fablico<\/strong> priorizando el trabajo remoto.<\/li><li>Se autoriz\u00f3 a partir del 1 de julio, el uso de los <strong>correos electr\u00f3nicos institucionales<\/strong> como mecanismo de comunicaci\u00f3n con las mesas de partes de las fiscal\u00edas de cada distrito fiscal.<\/li><li>Se aprob\u00f3 el funcionamiento del <strong>M\u00f3dulo de Citas Fiscales (CITAF)<\/strong> a partir del 8 de julio del 2020, que permitir\u00e1 que los usuarios gestionen citas con los despachos fiscales a nivel nacional; para lo cual, se dispuso el uso obligatorio del correo electr\u00f3nico institucional y herramientas G-suite como el Calendar, Meet, Drive, entre otros, para la adecuada y oportuna atenci\u00f3n de las citas virtuales a los usuarios a trav\u00e9s del M\u00f3dulo de Citas Fiscales (CITAF); y que a partir <strong>del 17 de julio del 2020<\/strong>, se inicie la atenci\u00f3n presencial de manera excepcional para atender las citas gestionadas a trav\u00e9s del referido sistema y aquellos otros casos que no puedan ser atendidos de manera virtual.<\/li><li>Se aprob\u00f3 el funcionamiento del piloto <strong>\u201cSistema de Informaci\u00f3n de Mesa de Partes Electr\u00f3nica-MPE\u201d<\/strong>, a partir del 8 de julio del 2020, en las 49 fiscal\u00edas provinciales penales del Distrito Fiscal de Lima, 14 fiscal\u00edas distritalizadas de Miraflores, San Isidro, Magdalena del Mar, San Borja, Surquillo y La Victoria, as\u00ed como en las 20 fiscal\u00edas provinciales especializadas en violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo de familiar del Distrito Fiscal de Lima.<\/li><li>Se ha dispuesto <strong>la aplicaci\u00f3n prioritaria del trabajo remoto a nivel nacional<\/strong> en los despachos fiscales y dependencias administrativas del Ministerio P\u00fablico a fin de evitar la exposici\u00f3n de los trabajadores al riesgo del contagio del COVID-19, salvo en los casos que por la naturaleza de la labor o por mandato expreso de la ley, deba de realizarse trabajo presencial, para lo cual se deber\u00e1n adoptar las medidas de bioseguridad necesarias.<\/li><li>Se dispuso que durante el <strong>periodo de transici\u00f3n (1 al 7 de julio de 2020)<\/strong> contemplado en el Protocolo de Retorno Progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio P\u00fablico-Fiscal\u00eda de la Naci\u00f3n al t\u00e9rmino del Estado de Emergencia Nacional decretado a consecuencia del COVID-19, continuar\u00e1n suspendidos de manera excepcional los plazos procesales de las investigaciones y actuaciones que se encuentran bajo la competencia del Ministerio P\u00fablico, as\u00ed como la suspensi\u00f3n de los plazos en los tr\u00e1mites y procedimientos administrativos que se encuentren en curso.<\/li><li>Finalmente, se prorrog\u00f3 la suspensi\u00f3n de labores en los distritos fiscales de Ancash, Arequipa, Ica, Jun\u00edn, Hu\u00e1nuco, Madre de Dios y San Mart\u00edn, <strong>desde el 1 hasta el 31 de julio del 2020<\/strong>, raz\u00f3n por la cual,contin\u00faa la suspensi\u00f3n de los plazos procesales de las investigaciones y actuaciones que se encuentran bajo la competencia del Ministerio P\u00fablico, as\u00ed como, la suspensi\u00f3n de los plazos en los tr\u00e1mites y procedimientos administrativos que se encuentren en curso, durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional con aislamiento social obligatorio.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\">Para mayor informaci\u00f3n sobre los temas tratados contactarse con los abogados de nuestra \u00c1rea de Penal Empresarial:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\">Diego Martin Calmet Mujica y Maria Ximena Schmiel Balarezo.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><em>La informaci\u00f3n contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesor\u00eda o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ning\u00fan tipo de relaci\u00f3n profesional. <\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El \u00fanico prop\u00f3sito es dar informaci\u00f3n de car\u00e1cter general respecto de temas que pueden ser de inter\u00e9s para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, as\u00ed como otros informes generales y art\u00edculos de inter\u00e9s preparados por los abogados del Estudio podr\u00e1n encontrarse en nuestra p\u00e1gina web: <a href=\"http:\/\/www.gsalegal.pe\">www.gsalegal.pe<\/a><\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El d\u00eda martes 30 de junio de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial \u201cEl Peruano\u201d, la Resoluci\u00f3n de la Fiscal\u00eda de la Naci\u00f3n N\u00b0 733-2020-MP-FN, mediante la cual, se han dispuesto diversas medidas para la reanudaci\u00f3n de las labores presenciales del Ministerio Publico a partir del 1 de julio de 2020, entre las [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":11071,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"nf_dc_page":"","content-type":"","footnotes":""},"categories":[83,85],"class_list":["post-11140","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-covid-19","category-penal"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11140","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=11140"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11140\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=11140"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=11140"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}