{"id":11427,"date":"2020-05-01T17:19:09","date_gmt":"2020-05-01T22:19:09","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/wordpress\/?p=10025"},"modified":"2020-05-01T17:19:09","modified_gmt":"2020-05-01T22:19:09","slug":"lineamientos-para-la-vigilancia-de-la-salud-de-los-trabajadores-con-riesgo-de-exposicion-al-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/lineamientos-para-la-vigilancia-de-la-salud-de-los-trabajadores-con-riesgo-de-exposicion-al-covid-19\/","title":{"rendered":"Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposici\u00f3n al COVID-19"},"content":{"rendered":"\n<p>El 29 de abril de 2020, se public\u00f3 la Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00ba 239-2020-MINSA mediante la cual se aprueban los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposici\u00f3n al COVID-19. En base a ello se ha establecido lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Puestos de trabajo con nivel de exposici\u00f3n a COVID-19<\/h4>\n\n\n\n<p>A fin de determinar los lineamientos, se clasifican los puestos de trabajo seg\u00fan el nivel de riesgo de exposici\u00f3n al COVID-19 de la actividad que realizan:<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><thead><tr><th class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Riesgo de exposici\u00f3n<\/strong><\/th><th><strong>Caracter\u00edsticas<\/strong><\/th><th><strong>Ejemplos<\/strong><\/th><\/tr><\/thead><tbody><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Bajo<\/strong><\/td><td>Trabajadores sin contacto con personas con sospecha o infectadas con COVID-19. Trabajadores sin contacto cercano frecuente, a menos de dos metros de distancia, con el p\u00fablico en general y con contacto ocupacional m\u00ednimo con compa\u00f1eros de trabajo.<\/td><td>Trabajadores de limpieza de centros no hospitalarios, trabajadores administrativos, trabajadores de \u00e1reas operativas que no atienden clientes, entre otros. &nbsp;<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Medio<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>Trabajadores que mantienen contacto frecuente y\/o cercano con personas que podr\u00edan estar infectadas con COVID-19, pero que no son pacientes que se conoce o se sospecha que lo portan. &nbsp;<\/td><td>Trabajadores de aeropuerto, mercados, seguridad f\u00edsica o atenci\u00f3n al p\u00fablico o clientes, entre otros.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Alto<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>Trabajadores con exposici\u00f3n a fuentes conocidas o sospechosas del COVID-19.<\/td><td>Trabajadores de salud que ingresan a \u00e1reas de atenci\u00f3n a pacientes de COVID-19, trabajadores de ambulancia que transporta pacientes con diagn\u00f3stico o sospecha de COVID-19, trabajadores de limpieza de \u00e1rea de COVID-19, trabajadores de funerarias, entre otros.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Muy alto<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>Trabajadores con contacto directo con casos de COVID-19. &nbsp;<\/td><td>Personal de salud que atiende a pacientes de COVID-19, trabajadores que realizan tomas de muestras a pacientes de COVID-19, trabajadores de morgues que realizan procedimientos a cuerpos con diagn\u00f3stico o sospecha de COVID-19, entre otros.<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Plan para la vigilancia, prevenci\u00f3n y control del COVID-19 en el trabajo<\/h4>\n\n\n\n<p>Antes del inicio de las labores, el empleador est\u00e1 obligado a implementar medidas para garantizar la seguridad y salud en el trabajo, entre las que se encuentra la elaboraci\u00f3n del Plan para la vigilancia, prevenci\u00f3n y control del COVID-19 en el trabajo:<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Elaboraci\u00f3n<\/strong><\/td><td>Se elaborar\u00e1 a trav\u00e9s del servicio de seguridad y salud en el trabajo, el cual lo remitir\u00e1, para su aprobaci\u00f3n dentro de las 48 horas, al Comit\u00e9 de Seguridad y Salud en el Trabajo o Supervisor, seg\u00fan corresponda.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Contenido<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>Actividades, acciones e intervenciones para el cumplimiento de los lineamientos, n\u00famero de trabajadores, riesgo de exposici\u00f3n por puesto de trabajo y caracter\u00edsticas de vigilancia, prevenci\u00f3n y control de riesgo de exposici\u00f3n. Medidas a implementar respecto de practicantes, visitas o proveedores. A fin de elaborar la estructura del plan, se debe observar lo dispuesto en el anexo 4 de la Resoluci\u00f3n Ministerial. Puede ser complementado con lineamientos espec\u00edficos del sector econ\u00f3mico del empleador.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Registro<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>El empleador debe registrar el plan remiti\u00e9ndolo a la mesa de partes virtual del Ministerio de Salud (<a href=\"mailto:mesadepartesvirtual@minsagob.pe\">mesadepartesvirtual@minsagob.pe<\/a>), mientras se implementa el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19). El plan ser\u00e1 accesible a las entidades encargadas de la fiscalizaci\u00f3n, como SUSALUD o SUNAFIL.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Implementaci\u00f3n<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>Debe ser asumida en su integridad como parte del Sistema de Gesti\u00f3n de Seguridad y Salud en el Trabajo. Permite verificaci\u00f3n ex post de su cumplimiento.<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Lineamientos<\/h4>\n\n\n\n<p>El Plan para la vigilancia, prevenci\u00f3n y control del COVID-19 en el trabajo debe contener las actividades a realizarse a fin de cumplir con los lineamientos que se detallan a continuaci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Limpieza y desinfecci\u00f3n del centro de trabajo<\/strong><\/td><td>Se debe realizar la limpieza y desinfecci\u00f3n de todos los ambientes del centro de trabajo, incluidos, herramientas, equipos, mobiliario, \u00fatiles, etc., previo al inicio de las labores diarias y establecerse la frecuencia con la cual se realizar\u00e1 en el contexto de la emergencia sanitaria. Deben asegurarse las medidas de protecci\u00f3n y capacitaci\u00f3n del personal de limpieza para estas labores, as\u00ed como las sustancias a emplear en la desinfecci\u00f3n seg\u00fan el tipo de actividad y caracter\u00edsticas del centro de trabajo.&nbsp;<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Evaluaci\u00f3n de la salud del trabajador previo al regreso o reincorporaci\u00f3n al centro de trabajo<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>El profesional de la salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo del centro de trabajo, debe gestionar lo siguiente: <br>i) Identificaci\u00f3n de riesgos de exposici\u00f3n a COVID-19 de cada puesto de trabajo.<br>ii) Aplicaci\u00f3n a cada trabajador de la ficha sintomatol\u00f3gica declarativa (anexo 2 de Resoluci\u00f3n Ministerial).<br>iii) Control de temperatura corporal al ingreso al centro de trabajo.<br>iv) Aplicaci\u00f3n de pruebas serol\u00f3gicas o molecular para todos los trabajadores que regresan o se reincorporan a puestos de muy alto, alto y mediano riesgo, a cargo del empleador. Para puestos de bajo riesgo, la aplicaci\u00f3n es potestativa a la indicaci\u00f3n del profesional de la salud.<br>v) La periodicidad de la aplicaci\u00f3n de las pruebas es establecida por el profesional y debe encontrarse en el Plan. Los costos de la evaluaci\u00f3n son de cargo del empleador.<br>En caso se identifique un caso sospechoso de COVID-19 en un puesto de trabajo de bajo riesgo se proceder\u00e1 conforme a lo siguiente: <br>a) Aplicaci\u00f3n de la ficha epidemiol\u00f3gica establecida por el MINSA.<br>b) Aplicaci\u00f3n de la prueba serol\u00f3gica o molecular.<br>c) Identificaci\u00f3n de contactos en domicilio.<br>d) Comunicaci\u00f3n a la autoridad de salud correspondiente. <br>Realizar seguimiento cl\u00ednico a distancia diario al trabajador identificado como sospechoso.<br> En los trabajadores sospechosos, en los que se confirme el diagnostico de COVID-19, posterior a cumplir los 14 d\u00edas de aislamiento y antes del regreso al trabajo, el empleador realizar\u00e1 la evaluaci\u00f3n cl\u00ednica para el retorno, a trav\u00e9s del profesional de la salud.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Lavado y desinfecci\u00f3n de manos obligatorio<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>El empleador asegurar\u00e1 la cantidad y ubicaci\u00f3n de puntos de lavado de manos o alcohol gel para uso libre de los trabajadores. Uno de los puntos deber\u00e1 ubicarse al ingreso del centro de trabajo, para el lavado o desinfecci\u00f3n previo al inicio de las labores. <br>En la parte superior del punto de lavado o desinfecci\u00f3n deber\u00e1 indicarse, mediante carteles, la forma correcta del lavado o uso del alcohol en gel.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Sensibilizaci\u00f3n de la prevenci\u00f3n del contagio en el centro de trabajo<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>El profesional de la salud debe asegurar las siguientes actividades: <br>i) Exponer informaci\u00f3n sobre el coronavirus y medios de protecci\u00f3n laboral en capacitaciones y carteles.<br>ii) Exponer la importancia del lavado de manos, toser o estornudar cubri\u00e9ndose la boca con flexura del codo, no tocarse el rostro.<br>iii) El uso de mascarilla obligatorio durante la jornada laboral. El tipo de mascarilla o protector es conforme al nivel de riesgo del puesto de trabajo, para ello se debe observar el anexo 3 de la Resoluci\u00f3n Ministerial.<br>iv) Sensibilizaci\u00f3n de la importancia de reportar temprano s\u00edntomas de COVID-19.<br>v) Facilitaci\u00f3n de medios para responder inquietudes de trabajadores respecto de COVID-19.<br>vi) Educaci\u00f3n permanente en medidas preventivas.<br>vii) Educaci\u00f3n sobre importancia de prevenir la estigmatizaci\u00f3n.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Medidas preventivas de aplicaci\u00f3n colectiva<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>A efectos de prevenir la transmisi\u00f3n del COVID-19 en el centro de trabajo se debe tener en cuenta lo siguiente: <br>i) Ambientes adecuadamente ventilados.<br>ii) Renovaci\u00f3n c\u00edclica del volumen de aire.<br>iii) Distanciamiento social de 1 metro entre trabajadores y uso permanente de mascarilla.<br>iv) El protector respiratorio FFP2 o N95 es exclusivo para trabajadores del sector salud de alto riesgo.<br>v) De contar con comedores, ascensores, vestidores, cafetines, medios de transporte u otros, se debe mantener la distancia social de 1 metro y el respeto de los turnos establecidos.<br>vi) Reuniones de trabajo o capacitaci\u00f3n deben ser preferentemente virtuales mientras dure el estado de emergencia nacional.<br>vii) De ser necesarias reuniones presenciales, se debe respetar el distanciamiento respectivo y el uso de mascarillas.<br>viii) Procurar la protecci\u00f3n de trabajadores de atenci\u00f3n al cliente, poniendo barreras f\u00edsicas como pantallas o mamparas para mostradores, adem\u00e1s de la mascarilla. <br>ix) Campamentos o albergues para trabajadores deber\u00e1n respetar distancia de 1.5.m entre camas.<br>x) Limpieza y desinfecci\u00f3n de calzados antes de ingresar a \u00e1reas comunes.<br>xi) Evitar aglomeraciones durante el ingreso y salida.<br>xii) Generar mecanismos para evitar el contagio.<br>xiii) Establecer puntos para el acopio de Equipos de Protecci\u00f3n Personal (EPP) usados, as\u00ed como material descartable posiblemente contaminado, para un manejo adecuado.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Medidas de protecci\u00f3n personal<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>El empleador garantiza la disponibilidad de los EPP e implementa medidas para su uso correcto y obligatorio, en coordinaci\u00f3n con el profesional de la salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo y tomando en cuenta el nivel de riesgo de exposici\u00f3n seg\u00fan el puesto de trabajo.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Vigilancia de la salud de trabajador en el contexto del COVID-19<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>Durante la emergencia nacional sanitaria el empleador vigila la salud de los trabajadores: <br>i) La vigilancia debe realizar permanentemente, durante el tiempo que establezca el MINSA.<br>ii) Se controlar\u00e1 la temperatura corporal de cada trabajador al ingreso y salida, siendo el profesional de la salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo, el responsable de que se realice la toma y registro de ello.<br>iii) Se indicar\u00e1 la evaluaci\u00f3n m\u00e9dica de s\u00edntomas COVID-19, a todo aquel que presente temperatura mayor a 38.0\u00b0 C.<br>iv) Para los puestos de trabajo de muy alto riesgo se tomar\u00e1 la temperatura al inicio, mitad y final de la jornada.<br>v) Todo trabajador con fiebre y s\u00edntomas de COVID-19, se considerar\u00e1 sospechoso y se realizar\u00e1 lo siguiente:<br>a) Aplicaci\u00f3n de la ficha epidemiol\u00f3gica del MINSA.<br>b) Aplicaci\u00f3n de prueba serol\u00f3gica o molecular de COVID-19.<br>c) Identificaci\u00f3n de contactos en centro de trabajo.<br>d) Aplicaci\u00f3n de prueba serol\u00f3gica o molecular de COVID-19 a contactos en el centro de trabajo.<br>e) Identificaci\u00f3n de contactos en centro de trabajo que cumplan los criterios del MINSA.<br>f) Toma de prueba serol\u00f3gica o molecular COVID-19 a los contactos.<br>g) Identificaci\u00f3n de contactos en domicilio.<br>h) Comunicaci\u00f3n a la autoridad de salud correspondiente para el seguimiento del caso.<br>vi) Se vigila la exposici\u00f3n a otros factores de riesgo de tipo ergon\u00f3micos, psicosociales u otros que se generen como consecuencias de trabajar en el contexto de la pandemia. De ser necesario se establecen medidas preventivas y correctivas.<br>vii) El plan de prevenci\u00f3n debe considerar medidas de salud mental y prestar atenci\u00f3n particular a la protecci\u00f3n de trabajadores con discapacidad.<br>viii) En caso de presentarse un brote en el centro de trabajo, la autoridad sanitaria comunicar\u00e1 a SUNAFIL a fin de proceder con el cierre o paralizaci\u00f3n de labores.<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Consideraciones adicionales seg\u00fan grupos de trabajadores<\/h4>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Regreso al trabajo<\/strong><\/td><td>Para el regreso al trabajo de los trabajadores que estuvieron en cuarentena y no presentaron ni presentan s\u00edntomas de COVID-19 ni fueron casos sospechosos o positivos, y pertenecen a un centro de trabajo que no realiz\u00f3 actividades, se aplicar\u00e1n los lineamientos se\u00f1alados.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Reincorporaci\u00f3n al trabajo<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>Para trabajadores con alta epidemiol\u00f3gica COVID-19. En casos leves, se iniciar\u00e1 la reincorporaci\u00f3n al trabajo 14 d\u00edas calendario despu\u00e9s de haber iniciado el aislamiento domiciliario. En casos moderados o severos, 14 d\u00edas calendario despu\u00e9s del alta cl\u00ednica. <br>El profesional de la salud de sistema de seguridad y salud en el trabajo los tiene identificados para seguimiento cl\u00ednico. <br>Se debe evaluar, la posibilidad de efectuar trabajo remoto. De ser necesario el trabajo presencial, deber\u00e1 utilizar mascarilla o el equipo de protecci\u00f3n respiratoria seg\u00fan el puesto de trabajo. Adem\u00e1s, deber\u00e1 recibir monitoreo de sintomatolog\u00eda por 14 d\u00edas calendario y ubicado en un lugar de trabajo no hacinado.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Revisi\u00f3n y reforzamiento a trabajadores con riesgo cr\u00edtico seg\u00fan puesto de trabajo<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>Para los trabajadores que se encuentran en proceso de regreso o reincorporaci\u00f3n al trabajo y cuyas actividades son de riesgo cr\u00edtico: <br>&#8211; El empleador debe brindar la revisi\u00f3n, actualizaci\u00f3n o reforzamiento de los procedimientos t\u00e9cnicos que realizaba el trabajador antes de la cuarentena.<br>&#8211; La capacitaci\u00f3n puede ser presencial o virtual.<br>&#8211; De ser el caso, reformar la capacitaci\u00f3n de las herramientas que el trabajador utiliza en su trabajo.<br>La finalidad es reducir la probabilidad de que se genere un da\u00f1o a la salud del trabajador por haber dejado de laborar durante la cuarentena.<\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\"><strong>Trabajadores con factores de riesgo<\/strong><strong><\/strong><\/td><td>Para los trabajadores que presentan factores de riesgos para COVID-19, se mantendr\u00e1 la cuarentena domiciliaria: <br>&#8211; Mayor de 60 a\u00f1os.<br>&#8211; Hipertensi\u00f3n arterial.<br>&#8211; Enfermedades cardiovasculares.<br>&#8211; C\u00e1ncer.<br>&#8211; Diabetes Mellitus.<br>&#8211; Obesidad con IMC de 30 o m\u00e1s.Asma.Enfermedad respiratoria cr\u00f3nica.<br>&#8211; Insuficiencia renal cr\u00f3nica.<br>&#8211; Enfermedad o tratamiento inmunosupresor.<br>&#8211; Otros que establezca el m\u00e9dico de seguridad y salud en el trabajo. <br>El profesional de la salud determinar\u00e1 el seguimiento cl\u00ednico. Los informes cl\u00ednicos deber\u00e1n ser valorados por el m\u00e9dico ocupacional para determinar la reincorporaci\u00f3n y el regreso al trabajo.<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\">Para mayor informaci\u00f3n sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra \u00c1rea Laboral: <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\">Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario G\u00f3mez, Fressia Sanchez Tu\u00f1oque, Sara Kalinicos Garc\u00eda, Jos\u00e9 Andr\u00e9s Piedra Pereira; y Grecia Elena Aldonate Pinto.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><em>La informaci\u00f3n contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesor\u00eda o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ning\u00fan tipo de relaci\u00f3n profesional. <\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El \u00fanico prop\u00f3sito es dar informaci\u00f3n de car\u00e1cter general respecto de temas que pueden ser de inter\u00e9s para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, as\u00ed como otros informes generales y art\u00edculos de inter\u00e9s preparados por los abogados del Estudio podr\u00e1n encontrarse en nuestra p\u00e1gina web: <a href=\"http:\/\/localhost\/wordpress.pe\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">www.garciasayan.com.pe<\/a><\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 29 de abril de 2020, se public\u00f3 la Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00ba 239-2020-MINSA mediante la cual se aprueban los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposici\u00f3n al COVID-19. 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