{"id":11480,"date":"2020-04-27T12:53:31","date_gmt":"2020-04-27T17:53:31","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/wordpress\/?p=9969"},"modified":"2020-04-27T12:53:31","modified_gmt":"2020-04-27T17:53:31","slug":"pasada-la-tormenta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/pasada-la-tormenta\/","title":{"rendered":"Pasada la tormenta"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-text-align-right\"><em>Por Sergio Chang Michelena, Asociado<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Estamos lejos de\nsalir del embrollo ocasionado por la pandemia COVID-19, y no conocemos a\u00fan el\nalcance de la crisis que ha ocasionado. Sin perjuicio de ello, lo cierto es que\nen las pr\u00f3ximas semanas el Per\u00fa comenzar\u00e1 a retomar las actividades econ\u00f3micas\ny las empresas podr\u00e1n o tratar\u00e1n de volver a operar gradualmente. <\/p>\n\n\n\n<p>En ese escenario, mientras\nse reabren los mercados, cada persona volver\u00e1 a la oficina, ya sea por un rato\na recoger cosas para completar la transici\u00f3n al trabajo remoto, o para retomar\nlabores presenciales. As\u00ed, los \u201cpendientes\u201d de la compa\u00f1\u00eda ir\u00e1n resurgiendo. Algunos\nse transforman por la coyuntura y otros despertar\u00e1n seg\u00fan el mercado y las\noficinas del Estado lo vayan haciendo.<\/p>\n\n\n\n<p>Definitivamente,\nuno de los primeros temas de agenda ser\u00e1 el retomar las obligaciones\nsocietarias; aquellas que para la \u00e9poca previa a la pandemia estaban enfocadas\nen la revisi\u00f3n del ejercicio anterior, tales como finalizar las declaraciones\nde renta, la memoria anual, estados financieros, reparto de dividendos de\nexistir utilidades y la celebraci\u00f3n de la Junta Obligatoria Anual (JOA) contemplada\nen el Art. 114\u00b0 de la Ley General de Sociedades, Ley 26887.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Este \u00faltimo punto\nes uno que, a nuestro parecer, ser\u00e1 vital en el futuro.<\/strong> La crisis nos agarr\u00f3\npor sorpresa y nos oblig\u00f3 a entrar en un modo de operaci\u00f3n para apagar\nincendios, tratando de salvar la compa\u00f1\u00eda, la liquidez y los empleos de la\nfuerza laboral; cuando a la par nos ten\u00edamos que mantener al d\u00eda con los\nconstantes cambios de reglas dictados por los Decretos de Urgencia del Ejecutivo\n(algunos acertados, otros no tanto). <\/p>\n\n\n\n<p>Y si bien, hay por\nahora un status quo en que \u201clas acciones se est\u00e1n ejecutando para abordar la\ncrisis\u201d, esto terminar\u00e1 en alg\u00fan momento, y lo importante ser\u00e1 tener claro (i)\nqu\u00e9 decisiones se tomaron en la compa\u00f1\u00eda, (ii) qui\u00e9nes las tomaron y\/o\nejecutaron, (iii) si se contaba con facultades para hacerlo\/ejecutarlo.<\/p>\n\n\n\n<p>En tal sentido, las\nJOA son la herramienta adecuada para comenzar a ordenar la casa, dotando de\nformalidad y ratificando lo ejecutado; as\u00ed cada tipo de sociedad tenga sus\npropias reglas para celebrar las juntas de accionistas: en algunas la norma y\nlos estatutos permiten las juntas de accionistas por medios no presenciales, en\notras que son reguladas (por la SMV o SBS) ser\u00e1 necesario que la autoridad sea\nm\u00e1s flexible dada la coyuntura. Pero, m\u00e1s all\u00e1 de los requisitos formales, los\naccionistas y la alta direcci\u00f3n de las sociedades deben comenzar a listar las\ndecisiones tomadas en estado de emergencia, aterrizarlas y sustentarlas bajo el\namparo legal correspondiente, plasm\u00e1ndolas finalmente en nuevos puntos de la agenda\nque deben ser agregados a la convocatoria de la JOA, o al menos, dejar planteada\nla necesidad de una nueva junta para tratarlos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Este camino es el m\u00e1s recomendable, pues dar\u00e1, adem\u00e1s del orden necesario y el sustento de buen gobierno corporativo, el respaldo del \u00f3rgano supremo de la sociedad: la junta de accionistas, que la alta direcci\u00f3n necesita para seguir operando con calma, libre de responsabilidad individual, y poder navegar esta tormenta llamada COVID-19.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><em>La informaci\u00f3n contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesor\u00eda o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ning\u00fan tipo de relaci\u00f3n profesional.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El \u00fanico prop\u00f3sito es dar informaci\u00f3n de car\u00e1cter general respecto de temas que pueden ser de inter\u00e9s para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, as\u00ed como otros informes generales y art\u00edculos de inter\u00e9s preparados por los abogados del Estudio podr\u00e1n encontrarse en nuestra p\u00e1gina web:\u00a0<a href=\"http:\/\/localhost\/wordpress.pe\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">www.garciasayan.com.pe<\/a><\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Sergio Chang Michelena, Asociado Estamos lejos de salir del embrollo ocasionado por la pandemia COVID-19, y no conocemos a\u00fan el alcance de la crisis que ha ocasionado. 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