{"id":11700,"date":"2020-03-16T18:24:49","date_gmt":"2020-03-16T23:24:49","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/wordpress\/?p=9516"},"modified":"2020-03-16T18:24:49","modified_gmt":"2020-03-16T23:24:49","slug":"suspension-de-actividades-y-plazos-administrativos-en-entidades-estatales-por-estado-de-emergencia-nacional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/suspension-de-actividades-y-plazos-administrativos-en-entidades-estatales-por-estado-de-emergencia-nacional\/","title":{"rendered":"Suspensi\u00f3n de actividades y plazos administrativos en Entidades Estatales por Estado de Emergencia Nacional"},"content":{"rendered":"\n<p>Con el fin de ver resguardado el\nderecho a la salud y de proteger a la poblaci\u00f3n de aquellas amenazas que\nafecten su seguridad dentro del territorio, buscando promover el bienestar\ngeneral y ante los acontecimientos que se han venido suscitando en el\ntranscurso del presente a\u00f1o por el COVID-19 (Corona Virus), se ha declarado el\nEstado de Emergencia en todo el territorio nacional por un plazo de quince (15)\nd\u00edas calendario a partir del d\u00eda 16 de marzo de 2020<a href=\"#_ftn1\">[1]<\/a>,\ndisponi\u00e9ndose el aislamiento obligatorio de la poblaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Como consecuencia de la limitaci\u00f3n del\nejercicio del derecho a la libertad de tr\u00e1nsito de las personas, a excepci\u00f3n\ndel acceso y la adquisici\u00f3n de bienes esenciales<a href=\"#_ftn2\">[2]<\/a> y\naquellos servicios conexos necesarios. <strong>Diversas entidades estatales han\nsuspendido la atenci\u00f3n de sus oficinas, comunicando as\u00ed que se suspenden los\nplazos de tr\u00e1mites administrativos en curso.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>A la fecha, las entidades que han\nacatado dicha medida son las siguientes:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li><strong>Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protecci\u00f3n de la Propiedad Intelectual (INDECOPI)<\/strong>: emiti\u00f3 un comunicado a trav\u00e9s de su p\u00e1gina web en el que se informa que desde el lunes 16 de marzo de 2020 la atenci\u00f3n a los usuarios de forma presencial ha quedado suspendida. No obstante, con el fin de no ver afectados los procedimientos administrativos en curso se han suspendido los plazos aplicables a los reclamos, denuncias, obligaciones y registros.\u00a0<\/li><li><strong>Superintendencia Nacional de Registros P\u00fablicos (SUNARP)<\/strong>: emiti\u00f3 un comunicado a trav\u00e9s de su p\u00e1gina web en la que se informa que, a nivel nacional, sus oficinas no brindar\u00e1n atenci\u00f3n de manera presencial durante el periodo del Estado de Emergencia. Por tal motivo, se ha considerado que los plazos de los tr\u00e1mites que se encontraban en curso han quedado suspendidos desde el d\u00eda 13 de marzo de 2020 hasta reanudar labores.<\/li><li><strong>Superintendencia de Mercado de Valores (SMV)<\/strong>: emiti\u00f3 un comunicado a trav\u00e9s de su p\u00e1gina web informando que, desde el 12 de marzo del presente a\u00f1o, y hasta nuevo aviso, la atenci\u00f3n ser\u00e1 \u00fanicamente por v\u00eda telef\u00f3nica (610-6305), de manera virtual a trav\u00e9s de su Portal de Mercado de Valores o a trav\u00e9s del correo consultasmv@smv.gob.pe. Asimismo, ha se\u00f1alado que, durante el periodo de declaratoria de Estado de Emergencia, se tomar\u00e1n las siguientes medidas:<ol><li>No ser\u00e1n exigibles a las sociedades emisoras con valores inscritos en el Registro P\u00fablico del Mercado de Valores (RPMV), las obligaciones referidas a la presentaci\u00f3n de informaci\u00f3n financiera, memoria anual, informe de gerencia o cualquier otra informaci\u00f3n peri\u00f3dica cuyo plazo l\u00edmite de presentaci\u00f3n se encuentre dentro del per\u00edodo de tal declaratoria. Asimismo, la SMV reconoce que durante dicho per\u00edodo no ser\u00e1 posible que se lleven a cabo las juntas obligatorias anuales de accionistas, asambleas de obligacionistas, o cualquier otra reuni\u00f3n convocada o a realizarse en dicho per\u00edodo. <\/li><li>Respecto a las dem\u00e1s entidades que se encuentren bajo la supervisi\u00f3n de la SMV y las se\u00f1aladas anteriormente, no le ser\u00e1n exigibles las obligaciones de env\u00edo de informaci\u00f3n a la SMV. Esta medida no incluye el reporte diario de cuotas, de part\u00edcipes y de valor cuota, a los archivos diarios de operaciones e indicadores prudenciales de sociedades agentes de bolsa, y cualquier otra que la SMV determine, en cuyo caso, dicha decisi\u00f3n ser\u00e1 comunicada a los respectivos obligados. Dicha informaci\u00f3n podr\u00e1 ser remitida de forma remota a trav\u00e9s del Sistema MVNET. Posteriormente, la SMV indicar\u00e1 los nuevos plazos para el cumplimiento de dichas obligaciones. <\/li><li>Las medidas se\u00f1aladas en los literales a) y b) no son de aplicaci\u00f3n para aquellas empresas sujetas a la supervisi\u00f3n de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).<\/li><li>Se han suspendido todos los plazos administrativos a los cuales se encuentra sujeta la SMV para la atenci\u00f3n de solicitudes, pedidos, peticiones, etc. As\u00ed tambi\u00e9n, se encuentran suspendidos los plazos a los cuales est\u00e1 sujeto el administrado para atender los requerimientos de informaci\u00f3n o de presentaci\u00f3n de documentaci\u00f3n formulados por la SMV, sin perjuicio de lo se\u00f1alado en el literal b). <\/li><li>Se mantendr\u00e1n los servicios de negociaci\u00f3n de valores, traspaso de valores (entre cuentas matrices de participantes), entrega y pago de dividendos o cualquier otro derecho o beneficio sobre valores inscritos en el RPMV, suscripciones y rescates de cuotas de fondos mutuos. Todos ellos relacionados con los servicios que prestan la Bolsa de Valores de Lima S.A.A., CAVALI Instituci\u00f3n de Compensaci\u00f3n y Liquidaci\u00f3n de Valores S.A., y Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos, Sociedades Administradoras de Fondos que administren fondos mutuos de inversi\u00f3n en valores y Sociedades Agentes de Bolsa, quienes durante este periodo continuar\u00e1n laborando de manera restringida y limitada a servicios esenciales.<\/li><\/ol><\/li><li><strong>Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS): <\/strong>emiti\u00f3 un comunicado a trav\u00e9s de su p\u00e1gina web en el que informa que se suspende la atenci\u00f3n presencial en oficinas y m\u00f3dulos de atenci\u00f3n a los usuarios a nivel nacional\u00a0hasta nuevo aviso, suspendi\u00e9ndose los plazos administrativos aplicables a los procedimientos administrativos en tr\u00e1mite. Asimismo, se\u00f1alan que se encuentran disponibles a trav\u00e9s de sus canales digitales: p\u00e1gina web oficial de la SBS (chat y atenci\u00f3n de consultas) y v\u00eda telef\u00f3nica (0-800-10840) en el horario de 8:45 a 17:00 horas.\u00a0 <\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>A su vez, la <strong>Bolsa de Valores de\nLima<\/strong> continuar\u00e1 con sus labores con normalidad seg\u00fan el comunicado emitido\nen su p\u00e1gina web oficial.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Los plazos se ven suspendidos por el periodo establecido en la Ley, es decir, quince (15) d\u00edas calendario; el cual se cumple el d\u00eda 31 de marzo del 2020. <\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p>[1] Decreto Supremo N\u00b0 044-2020-PCM, publicado en una edici\u00f3n extraordinaria del Diario El Peruano el 15 de marzo de 2020 <\/p>\n\n\n\n<p>[2] Tales como: atenci\u00f3n m\u00e9dica, servicio de agua, luz, farmacias, abastecimiento de alimentos, entidades bancarias, empresas distribuidoras de combustible y su venta <\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><em>La informaci\u00f3n contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesor\u00eda o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ning\u00fan tipo de relaci\u00f3n profesional.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El \u00fanico prop\u00f3sito es dar informaci\u00f3n de car\u00e1cter general respecto de temas que pueden ser de inter\u00e9s para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, as\u00ed como otros informes generales y art\u00edculos de inter\u00e9s preparados por los abogados del Estudio, podr\u00e1n encontrarse en nuestra p\u00e1gina web: <a href=\"http:\/\/localhost\/wordpress.pe\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\" aria-label=\"localhost\/wordpress.pe (se abre en una nueva pesta\u00f1a)\">www.garciasayan.com.pe<\/a><\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con el fin de ver resguardado el derecho a la salud y de proteger a la poblaci\u00f3n de aquellas amenazas que afecten su seguridad dentro del territorio, buscando promover el bienestar general y ante los acontecimientos que se han venido suscitando en el transcurso del presente a\u00f1o por el COVID-19 (Corona Virus), se ha declarado [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":11047,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"nf_dc_page":"","content-type":"","footnotes":""},"categories":[76,83],"class_list":["post-11700","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-corporativo","category-covid-19"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11700","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=11700"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11700\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=11700"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/gsalegal.pe\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=11700"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}