El pasado miércoles 13 de setiembre se hizo eco en los titulares la noticia que impacta directamente a líderes empresariales. Ahora, Gerentes Generales pueden enfrentar la posibilidad de prisión en casos de tragedias laborales. La Sétima Sala Penal Liquidadora de Lima recientemente dictaminó una sentencia que sentará un precedente importante: un Gerente de una empresa fue condenado a cuatro años de pena privativa de libertad y al pago de S/. 180,000 soles en reparación civil.
En la fecha, la Sala especializada en la eliminación de barreras burocráticas, por medio de la Resolución Nº 0254-2023/SEL-INDECOPI y Resolución N° 0383-2023/SEL-INDECOPI, ha resuelto declarar las siguientes disposiciones como barreras burocráticas ilegales.
El Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, señaló que se iban a implementar dichos formatos, después de sesenta (60) días hábiles desde la vigencia del reglamento anteriormente mencionado.
La modificación incorporada por la Resolución está referida a que OSINERGMIN debe enviar alertas informativas al correo electrónico y/o número telefónico proporcionado por el Usuario de Sistema de Notificación Electrónica (SNE), una vez dicha entidad haya realizado una notificación electrónica.
A través del Decreto Supremo Nº 006-2023-JUS publicado el día de hoy, se incorporó como sujetos obligados a informar a la UIF-Perú, conforme a lo previsto en el numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 29038, a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) que comprenden cualquier persona física o jurídica, domiciliada […]