OEFA y el Ministerio de Vivienda culminan transferencia de funciones en fiscalización ambiental
El 29 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución N° 00032-2025-OEFA/CD, mediante la cual se formalizó la culminación del proceso de transferencia de las funciones de supervisión fiscalización y sanción en materia ambiental de los subsectores de Vivienda y Construcción del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento – MVCS al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA.
¿Qué funciones se transfieren al OEFA?
Se transfieren las funciones de supervisión, fiscalización y sanción ambiental, referidas al cumplimiento de obligaciones y compromisos establecidos en los instrumentos de gestión ambiental y en la normativa ambiental sectorial. Estas funciones dejan de ser ejercidas por el MVCS y pasan íntegramente al OEFA.
¿Desde cuándo el OEFA ejerce estas funciones?
El OEFA asume formalmente dichas funciones a partir del 2 de febrero de 2026, fecha desde la cual es la autoridad ambiental competente para los subsectores de Vivienda y Construcción.
¿Qué implicancias tiene para los administrados?
Desde el 2 de febrero de 2026:
- El OEFA será la entidad competente para realizar supervisiones, iniciar y conducir procedimientos sancionadores y dictar medidas administrativas.
- El MVCS ya no iniciará ni continuará acciones de fiscalización ambiental en estos subsectores.
¿Se modifican las obligaciones ambientales de los proyectos?
No. Las obligaciones ambientales se mantienen vigentes; lo que cambia es la autoridad que las supervisa y fiscaliza. Por lo tanto, los administrados deberán atender requerimientos, presentar información y cumplir medidas correctivas ante el OEFA.
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