Se suspende por 30 días hábiles el plazo de procedimientos administrativos

20 de marzo de 2020
GSA

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En el marco de las acciones del Gobierno para controlar la propagación del COID-19, el día de hoy, el Grupo de Trabajo “Comisión Multisectorial de Alto Nivel que conduzca las labores de coordinación y articulación orientadas a la prevención, protección y control del Coronavirus (COVID-19)”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 083-2020-PCM, ha regulado una serie de situaciones que atañen el día a día de empresas privadas y el sector público mediante el Decreto de Urgencia N°029-2020.

La referida norma establece en su artículo 28° que, se suspenda por treinta (30) días hábiles el cómputo de los plazos de inicio y tramitación de los procedimientos administrativos llevados ante entidades del Sector Público y que no estén comprendidos en los alcances de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 026-2020; incluyendo los que encuentran en trámite a la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia.

El Decreto de Urgencia entrará en vigencia a partir del día 21 de marzo de 2020.


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