SENACE: Aprueban los “Lineamientos específicos para la atención a la ciudadanía y el desarrollo de atenciones no presenciales”
El Servicio Nacional de Certificación Ambiental – SENACE, a través de la Resolución de Gerencia General Nº 00015-2020-SENACE-GG, ha aprobado los Lineamientos específicos para la atención a la ciudadanía y el desarrollo de la atención no presencial. A continuación mencionamos las principales disposiciones:
Disposiciones generales | 1) La provisión de servicios a la ciudadanía y administrados por el SENACE se realizan a través de los canales: digital, telefónico y, excepcionalmente, de manera presencial, 2) el horario de servicio de atención en los canales digitales y telefónicos es de lunes a viernes desde las 08.45 a las 16.50 horas, 3) la atención ciudadana presencial que se realice de manera excepcional será desarrollada en áreas previamente acondicionadas. |
Disposiciones específicas | 1) La orientación al ciudadano se da a través de los correos contacto@senace.gob.pe y ventanillaunica@senace.gob.pe, siendo el plazo para dar una respuesta de dos días hábiles, 2) la orientación de consultas puede desarrollarse utilizando la plataforma Microsoft teams, previa solicitud de cita, 3) los ciudadanos y administrados del SENACE pueden registrar solicitudes de acceso a la información pública y reclamos accediendo al siguiente enlace https://enlinea.senace.gob.pe/Sitac/, 4) para la recepción de documentos, están habilitados canales como la mesa de partes digital, la recepción documental en la Mesa de Partes presencial, y la Plataforma Informática de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental – EVA. |
Para más información sobre los temas tratados contactarse con los abogados de nuestra Área de Recursos Naturales y Medio Ambiente:
José Miguel Morales Dasso, Alberto Varillas Cueto, Edgardo Portaro van Oordt, Felipe Del Águila, Samantha Boy Roca y José Castillo.
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