Estado de Emergencia Nacional: Cuarentena Focalizada

27 de julio de 2020
GSA

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Las normas referidas all Estado de Emergencia Nacional prorrogado mediante el Decreto Supremo N°116-2020-PCM hasta el 31 de julio de 2020, han sido modificadas por el Decreto Supremo N°129-2020-PCM, publicado 25 de este mes.

En ese sentido, la norma comentada contiene las siguientes disposiciones:

Cuarentena Focalizada

–        Se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) en los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, así como en las provincias de Cajamarca, Jaén y San Ignacio del departamento de Cajamarca y en la de La Convención en el Cusco.

–        En dichos lugares únicamente está permitido el desplazamiento de las personas para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas.

Limitación a la Libertad de Tránsito

–        En los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, así como en las provincias de Cajamarca, Jaén y San Ignacio del departamento de Cajamarca y de la provincia de La Convención del departamento de Cusco, la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 20:00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente y el domingo, la inmovilización social obligatoria es todo el día.

Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:

Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario Gómez, Fressia Sanchez Tuñoque, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira; y Grecia Elena Aldonate Pinto.

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