Fiestas Patrias - Día no laborable - Sector Público

Feriado por Fiestas Patrias y día no laborable para el sector público

25 de julio de 2023
GSA

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Los días viernes 28 y sábado 29 de julio del presente año, se celebra Fiestas Patrias, por lo que tales fechas son consideradas como feriados no laborables y remunerados a nivel nacional, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Legislativo N° 713, que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

En ese sentido, de acuerdo a lo establecido por el artículo 9° del Decreto Legislativo Nº 713, si el trabajador laborase los días 28 y/o 29 de julio tendrá derecho a gozar de descanso sustitutorio por el trabajo en feriado o a percibir el pago por el día laborado con la sobretasa del 100%.

Asimismo, el jueves 27 de julio es considerado día no laborable para el Sector Público a nivel nacional, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM, que declara los días no laborables compensables para los trabajadores del sector público, durante el año 2023 y enero del año 2024.

Los titulares de las entidades del Sector Público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de los servicios indispensables para la sociedad en tal fecha. Es así que, las horas dejadas de laborar serán compensadas en los 10 días siguientes, o en la fecha que establezca el titular de la entidad. Además, para fines tributarios, este día será considerado hábil.

El Sector Privado podrá acogerse a lo dispuesto, mediante acuerdo entre empleador y trabajadores. A falta de acuerdo, decide el empleador.

Quedamos de ustedes para absolver cualquier duda y/o consulta que pudiese surgir.


Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:

Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Fressia Sanchez Tuñoque, Elvira Castañeda, Sara Kalinicos García, Grecia Elena Aldonate Pinto; y Susana Rentería Poma.


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