Fijan Montos Mínimos de Pólizas de Seguro para Responsabilidad Civil en el Subsector Hidrocarburos
El 30 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución Ministerial N° 485-2024-MINEM/DM, que establece montos mínimos de las pólizas de seguro de responsabilidad civil extracontractual, aplicables a las personas que desarrollan actividades en el Subsector Hidrocarburos (en adelante, la Resolución).
La Resolución responde a la necesidad de incluir nuevas actividades y agentes regulados, así como corregir errores materiales en la normativa anterior.
El anexo de la norma detalla los montos mínimos de las pólizas de seguro en Unidades Impositivas Tributarias (UIT), diferenciando según la capacidad de almacenamiento, el tipo de actividad y los riesgos asociados.
Asimismo, se incorporan disposiciones específicas para plantas de procesamiento de lubricantes, consumidores directos, y estaciones de carga, compresión o regasificación de GNV, GNC y GNL, con montos que oscilan entre 150 y 300 UIT. Además, se establece la obligación de presentar estas pólizas ante Osinergmin y se dispone la derogación de la normativa incompatible.
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