procesos administrativos

Metodología para determinar costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad

16 de septiembre de 2024
GSA

Autor

El 13 de setiembre de 2024, se publicó, en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Legislativo N°1647, el cual establece la obligatoriedad de la aplicación de la “Metodología de Determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad” (en adelante, el “Decreto”).

El Decreto tiene como finalidad que los derechos de tramitación que deban ser pagados por los administrados para el inicio de los procedimientos administrativos y/o prestación de un servicio en exclusividad ante entidades del Poder Ejecutivo, guarden estrecha vinculación con el costo real del servicio brindado.

Objetivo

Asegurar que los derechos de tramitación que deben pagar los administrados estén alineados con el costo real del servicio proporcionado por las entidades públicas.

Plazo de cumplimiento

Las entidades tienen hasta el 30 de junio de 2025para adoptar esta metodología.

Sanciones por incumplimiento

A partir del 1 de julio de 2025, las entidades que no cumplan estarán sujetas a la suspensión de facultades para exigir el pago de derechos no ajustados a la metodología.

Los funcionarios responsables de la aplicación de estas disposiciones que no cumplan con las obligaciones establecidas podrían enfrentar sanciones disciplinarias graves.

Derechos de los administrados

Los administrados tendrán la facultad de no pagar los derechos de tramitación que no hayan sido determinados conforme a la metodología de costos, a partir de la misma fecha.

 

En conclusión, el Decreto busca mejorar la transparencia y eficiencia en la Administración Pública al asegurar que los derechos de tramitación reflejen los costos reales de los servicios prestados. Esta medida está orientada a proteger los derechos de los ciudadanos y garantizar una gestión pública más eficaz y responsable.

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Alberto Varillas Cueto, Edgardo Portaro van Oordt, Julia Jimenez Barrantes y Max Cuadros Guillén.


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