Municipalidad de Miraflores establece procedimiento simplificado gratuito para modificación y/o ampliación temporal de giro, modificación de área y autorización de giro por campaña

5 de mayo de 2020
GSA

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Con la finalidad de reactivar la economía local, la Municipalidad de Miraflores ha establecido procedimientos simplificados gratuitos para modificar las Licencias de Funcionamiento en los rubros siguientes: (i) ampliación temporal de giro, (ii) modificación de área autorizada, y (iii) autorización de giro por campaña, tal como consta en el Decreto de Alcaldía N°003-2020-A/MM. La fecha máxima para iniciar cualquiera de los procedimientos es el 31 de diciembre de 2020.

Los indicados procedimientos son de evaluación previa con silencio administrativo positivo que serán otorgados únicamente a solicitud expresa y según lo señalado a continuación:

ProcedimientoPlazoCaracterísticas
Modificación y/o ampliación de giro temporalHasta por un plazo no mayor de 1 año.Se otorgará para desarrollar una actividad comercial, industrial y/o de servicios distinta a la autorizada en la Licencia de Funcionamiento. En caso de ampliación, el giro solicitado deberá ser complementario al principal.
Ampliación o reducción de área autorizadaHasta por un plazo no mayor de 1 año, siempre y cuando no alteren las condiciones de seguridad del establecimiento.La ampliación será hasta por un máximo del 30% del área autorizada y la reducción no tiene un mínimo siempre que este no abarque servicios esenciales.
Autorización de giro por campañaNo aplica.Se otorgará para desarrollar una actividad comercial, por campaña para comercializar productos relativos a la estación o la campaña.

La norma modifica el TUPA en lo que corresponde y aprueba el Formulario a presentarse a la Municipalidad.

La solicitud para la modificación, ampliación o reducción del giro temporal deberá presentarse ante la Subgerencia de Comercialización a través de una plataforma virtual que creará la Municipalidad, presentando los siguientes requisitos:

  1. Solicitud Declaración Jurada que contenga número de RUC, DNI o Carné de Extranjería del solicitante, tratándose de personas jurídicas o natural, según corresponda.
  2. Declaración Jurada de Vigencia de Poder del representante legal, consignando el número de la partida electrónica en el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos.
  3. Declaración Jurada del cumplimiento de las condiciones de seguridad en la edificación.

Adicionalmente a lo señalado, la Municipalidad ha establecido que se deberá implementar un sistema de recojo y reparto de productos con personal propio que cumpla con las medidas señaladas por la Guía Técnica para los Restaurantes y Servicios Afines con Modalidad de Servicio a Domicilio aprobada por la Resolución Ministerial N°250-2020-MINSA.


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Dr. Luis Gastañeta, Dra. Shirley Cárdenas, Dr. Alfonso Tola, Dra. María Soledad Gastañeta y el Dr. Sergio Chang.


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