
Teletrabajo: Nuevos valores de cálculo para la compensación de consumo eléctrico y servicio de internet
El 8 de abril de 2025, se publicó la Resolución Ministerial N° 053-2025-TR, mediante la cual se modificaron los anexos 1 y 2 del Reglamento de la Ley de Teletrabajo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2023-TR.
Al respecto, el artículo 20° de Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo, establece que los empleadores están obligados a compensar tanto el servicio de acceso a internet, como el consumo de energía eléctrica, salvo pacto en contrario.
En ese sentido, los nuevos valores a compensar durante el presente año 2025 son los siguientes:
Valores para el cálculo del consumo de servicio de internet para el 2025
- Se modificaron tanto las velocidades contratadas como las tarifas, con la finalidad de adecuar dichos conceptos a las necesidades de los trabajadores y empleadores.
- Se añadieron nuevos operadores en los diversos departamentos del Perú, tales como: Wow en Amazonas; DKR Visión en Áncash; Siscom TV, BTF, Fit y Ultra en Lima; entre otros.
Valores para el cálculo de consumo eléctrico 2025
- A efectos de realizar el cálculo de consumo de este concepto, se ha modificado el consumo de energía al mes. Ello genera un impacto en el monto total a pagar.
Podrán encontrar el detalle de los valores modificados en el siguiente link:
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7900168/6652843-rm-n-053-2025-tr-anexos.pdf
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