Aprueban nueva tasa aplicable a los intereses presuntos de préstamos en moneda extranjera
A partir del 1° de enero de 2024, salvo prueba en contrario de los libros de contabilidad, se presumirá que los préstamos en moneda extranjera realizados entre partes no relacionadas devengarán un interés no inferior a la tasa “TAMEX”, Tasa Activa de Mercado Promedio Mensual en Moneda Extranjera publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) multiplicada por un factor de ajuste equivalente a 0.65.
De esta manera se deja sin efecto la determinación de la referida presunción en función de la tasa LIBOR. Asimismo, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas se podrá modificar el mencionado factor de ajuste el cual no podrá ser mayor a 1.
Las referidas disposiciones han sido establecidas en el Decreto Legislativo N° 1545 publicado el 15 de marzo de 2023.
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