Los días viernes 28 y sábado 29 de julio del presente año, se celebra Fiestas Patrias, por lo que tales fechas son consideradas como feriados no laborables y remunerados a nivel nacional.

La Ley del joven empresario se aplica a toda las empresas que se encuentran inscritas ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos

La gratificación con ocasión de Fiestas Patrias del año 2023, más el 9% por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (Essalud), deberá ser abonada a los trabajadores, a más tardar el 15 de julio de 2023.

De acuerdo a lo establecido por el artículo 9° del Decreto Legislativo Nº 713, si el trabajador laborase el feriado del 23 de julio, tendrá derecho a gozar de descanso sustitutorio por el trabajo en feriado o a percibir el pago por el día laborado con la sobretasa del 100%.

Se ha establecido en el Código Penal como conducta configuradora del delito de apropiación ilícita común, aquella por la cual el agente se apropia de los aportes destinados a un fondo de pensiones o del seguro social de salud.
