Alivian obligaciones de pago de contribuciones de empresas administradoras de fondos colectivos por los Servicios de Supervisión que presta la SMV

29 de March de 2020
GSA

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En el marco de las medidas tomadas por el Gobierno para contrarrestar los efectos que cause la propagación del COVID-19 en la economía y teniendo en cuenta que las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (“EAFC”) han extendido la fecha límite del plazo de pago de cuota inicial y cuota de inscripción de sus asociados, la Superintendencia del Mercado de Valores a través de la Resolución de Superintendente N°034-2020-SMV/02 incorporó como Octava Disposición Transitoria a la Norma sobre Contribuciones por los Servicios de Supervisión que presta la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobada mediante Resolución CONASEV N° 095-2000-EF/94.10, el texto siguiente:

“OCTAVA. – Los pagos a cuenta mensuales señalados en el artículo 9 de la presente norma, aplicables a las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2020, son de cero unidades impositivas tributarias (0 UIT).”

Es decir, durante los meses de marzo, abril y mayo próximos, las EAFC no realizarán el pago a cuenta mensual ascendente a 2 UIT (S/ 8,400.00 Soles).


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