Disponen la publicación del proyecto del “Reglamento del Decreto de Urgencia para el fortalecimiento de la identificación y gestión de pasivos ambientales”
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Objeto | Reglamentar el Decreto de Urgencia N° 022- 2020, para el fortalecimiento de la identificación y gestión de pasivos ambientales ubicados en el ámbito continental y el zócalo marino del territorio nacional, generados por actividades productivas, extractivas o de servicios, excluyendo a las actividades de los subsectores de minería e hidrocarburos |
Ámbito de aplicación | Reglamento aplicable a los responsables de la identificación y gestión de los pasivos ambientales, excluyendo a los subsectores de minería e hidrocarburos. |
Atención de los pasivos ambientales | Comprende dos fases: a) Identificación de los pasivos ambientales y de sus responsables; y, b) Gestión de los pasivos ambientales. |
Identificación de los pasivos ambientales | Comprende las siguientes etapas: a) Diagnóstico situacional para la identificación de pasivos ambientales; b) Identificación preliminar del pasivo ambiental; c) Caracterización del potencial pasivo ambiental; d) Calificación del potencial pasivo ambiental; y, e) Determinación del pasivo ambiental. |
Identificación de los responsables de los pasivos ambientales | La autoridad sectorial o el OEFA, inician la identificación del responsable que generó el pasivo ambiental, o aquella que asumió la responsabilidad de su gestión de forma contractual. Para tal efecto, realizan la revisión de las siguientes fuentes de información: a) El Instrumento de Gestión Ambiental aprobado; b) Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP; c) Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT; d) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; e) Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE; f) Otro documento público o privado que permita la identificación del responsable. Ahora, en caso se identifique a varios responsables del pasivo ambiental, estos responden de manera solidaria sobre su gestión. |
Gestión de los pasivos ambientales | Conjunto de actividades de planificación, financiamiento y/o coordinación para la implementación de las medidas de remediación, restauración, rehabilitación, descontaminación, aseguramiento, reaprovechamiento y reutilización del pasivo ambiental, establecidas en un instrumento de gestión ambiental (IGA). Los responsables de la gestión inician las acciones para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el plazo no mayor a tres (3) años contados desde la aprobación del IGA. |
Para más información sobre los temas tratados contactarse con los abogados de nuestra Área de Recursos Naturales y Medio Ambiente:
José Miguel Morales Dasso, Alberto Varillas Cueto, Edgardo Portaro van Oordt, Felipe Del Águila, Samantha Boy Roca y José Castillo.
La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional.
Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio podrán encontrarse en nuestra página web: www.garciasayan.com.pe
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Ámbito de aplicación | Reglamento aplicable a los responsables de la identificación y gestión de los pasivos ambientales, excluyendo a los subsectores de minería e hidrocarburos. |
Atención de los pasivos ambientales | Comprende dos fases: a) Identificación de los pasivos ambientales y de sus responsables; y, b) Gestión de los pasivos ambientales. |
Identificación de los pasivos ambientales | Comprende las siguientes etapas: a) Diagnóstico situacional para la identificación de pasivos ambientales; b) Identificación preliminar del pasivo ambiental; c) Caracterización del potencial pasivo ambiental; d) Calificación del potencial pasivo ambiental; y, e) Determinación del pasivo ambiental. |
Identificación de los responsables de los pasivos ambientales | La autoridad sectorial o el OEFA, inician la identificación del responsable que generó el pasivo ambiental, o aquella que asumió la responsabilidad de su gestión de forma contractual. Para tal efecto, realizan la revisión de las siguientes fuentes de información: a) El Instrumento de Gestión Ambiental aprobado; b) Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP; c) Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT; d) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; e) Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE; f) Otro documento público o privado que permita la identificación del responsable. Ahora, en caso se identifique a varios responsables del pasivo ambiental, estos responden de manera solidaria sobre su gestión. |
Gestión de los pasivos ambientales | Conjunto de actividades de planificación, financiamiento y/o coordinación para la implementación de las medidas de remediación, restauración, rehabilitación, descontaminación, aseguramiento, reaprovechamiento y reutilización del pasivo ambiental, establecidas en un instrumento de gestión ambiental (IGA). Los responsables de la gestión inician las acciones para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el plazo no mayor a tres (3) años contados desde la aprobación del IGA. |
Para más información sobre los temas tratados contactarse con los abogados de nuestra Área de Recursos Naturales y Medio Ambiente:
José Miguel Morales Dasso, Alberto Varillas Cueto, Edgardo Portaro van Oordt, Felipe Del Águila, Samantha Boy Roca y José Castillo.
La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional.
Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio podrán encontrarse en nuestra página web: www.garciasayan.com.pe