Entrega a Domicilio por Terceros: Protocolo Sanitario y Criterios de Focalización

25 de May de 2020
GSA

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El 23 de mayo de 2020, se publicó la Resolución Ministerial Nº 163-2020-PRODUCE, la misma que aprueba el protocolo sanitario en materia de servicio de entrega a domicilio (delivery) por terceros para las actividades de (i) “Restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio y/o recojo en local”, y (ii) “Comercio electrónico de bienes para el hogar y afines”.

En la misma fecha se publicó la Resolución Directoral Nº00006-2020-PRODUCE/DGDE, la cual aprobó los criterios de focalización territorial para los servicios de entrega a domicilio por terceros.

Las normas en mención establecen las siguientes disposiciones:

Disposiciones BásicasPlan de Vigilancia Prevención y Control de la Salud en el Trabajo:
– Incluirá: (i) Razón social y RUC; (ii) Región, provincia, distrito y dirección de cada sede de la empresa; (iii) Representante legal y DNI; (iv) N° total de trabajadores con vínculo laboral; (v) Nómina de Repartidores Independientes (“RI”); (vi) Nómina de personal del servicio de seguridad y salud en el trabajo, indicando profesión, grado, especializaciones, y formación en salud y seguridad de los trabajadores.
– Aprobación: Por el Comité de SST e identificará y clasificará los puestos de trabajo según riesgo de exposición al COVID-19.
Información a familiares: Los aplicativos deben elaborar y difundir, en formatos físicos o digitales, la información necesaria sobre las medidas de cuidado y protección para los familiares directos de los RI.
– Medidas de protección: Se deben considerar en la cadena de distribución y comercialización de los productos en los puestos que tengan contacto con los clientes haciendo uso de barreras físicas si fuera necesario.
Entrega de pedidos al usuario/consumidor:
– Paso 1: Dejar el producto sobre la superficie y alejarse al menos 2 metros
– Paso 2: Solicitar al cliente que recoja el producto de la superficie.
– Paso 3: Proceder con la desinfección de manos y elementos usados en el reparto.
Operaciones: Para asegurar una operación controlada y evitar aglomeraciones de RI, se realizará una proyección diaria de demanda en hora de alta y baja demanda.
Kits de Protección: Cada Aplicativo realizará la entrega de éstos a los RI que y se realizará la reposición de este Kit según lo vayan necesitando. El Kit debe contar con lo siguiente:
– Mascarillas comunitarias
– Guantes de Nitrilo
– Alcohol Isopropílico
– Protector para el cabello (en caso requerido por las Autoridades)
– Alcohol Gel
– Lentes protectores
                Disposiciones SanitariasEmpleo de Equipos de Protección Personal (EPPs):
– Serán proporcionados por la empresa por aplicativo.
– Se deberá extremar la frecuencia de su cambio o renovación en función al nivel de riesgo de exposición a COVID-19 de cada puesto de trabajo.
Lavado y desinfección de manos:
– Definir un procedimiento para el lavado de manos de mínimo 20 segundos.
– Tiempo adicional dependerá de factores como: tipo de residuo a remover, presencia de callos y callosidades en las manos, piel seca o grasosa, y otros propios de la actividad.
– La desinfección se realizará con agente desinfectante a base de alcohol u otros es un complemento del lavado de manos.
Limpieza y desinfección en los Centro de Control:
Cada Aplicativo implementará Centros de Control en cada ciudad donde opere; los RI asistirán diariamente a los Centros de Control, a efectos de cumplir con:
– Desinfección diaria.
– Medición de Temperatura: Se usará termómetro digital infrarrojo y se llevará un registro diario de los resultados; temperatura máxima 38 °C.
– Verificación de uso de material de protección
Disposiciones de Control OperativoMedidas de Prevención y Protección contra el COVID 19:
a) Acciones Tecnológicas:
– Deshabilitar método de pago en efectivo.
– Deshabilitar firma en el aplicativo del RI.
– Habilitar solo comercios aliados permitidos de operar.
– Disponer de una proyección de la demanda esperada, para obtener el número necesario de RI por hora.
b) Medidas de prevención en comercios aliados:
– Se disminuirá la cobertura del comercio aliado limitando el ingreso de pedidos y se desactivará cuando la cantidad de pedidos asignados a esa tienda disminuya.
– Se establecerán volúmenes máximos y mínimos de pedidos en progreso para cada tienda según su operativa habitual.
c) Medidas de protección personal aplicadas al RI:
Previo al ingreso a un comercio aliado:
– Evitar aglomeraciones.
– Estacionar el vehículo respetando señalizaciones y distancias.
– Tomar lugar según orden de llegada, respetando los espacios y distancias, avanzando según amerite.
– Medición de su temperatura corporal.       
Al Ingresar a un comercio aliado:
– Lavar y desinfectar sus manos.
– Retirar producto y proceder directamente a la entrega del mismo.
d) Medidas de Protección Personal en el Comercio Aliado
– Al recibir un pedido, los comercios aliados deben establecer el tiempo que demorarán en tener listo y empaquetado el pedido.
– Los comercios aliados deben definir un espacio para la espera y entrega de pedidos a los RI.
– Los comercios aliados deben tomar la temperatura de los RI (temperatura máxima de 38°C) y verificar el uso de los EPPs: mascarilla, guantes y alcohol gel.
– Cada comercio aliado tendrá disponible un espacio para lavado de manos.
– El comercio aliado aplicará adhesivos para asegurar el sellado de los empaques realizará una limpieza frecuente del mostrador de entrega.
– El comercio aliado implementará un proceso para la entrega de pedidos sin contacto entre el personal de tienda y el RI, en una zona para dejar el pedido a efectos que el RI lo recoja.
– El RI aplicará líquido desinfectante en el interior y exterior de la mochila, antes y después de la entrega de cada pedido. La mochila debe ser utilizada exclusivamente para este fin.
3) Shoppers en Supermercados:       
– Antes de ingresar al supermercado, pasarán por un control de temperatura.
– Una vez ingresen, el shopper, se cambiará la ropa por el uniforme que usará únicamente durante la operación en el local.
– Se entregará diariamente un kit de higiene (mascarilla, guantes y alcohol gel).
– Se realizará una capacitación al personal sobre concientización y medidas de seguridad, complementando con instructivas visuales en el local.
– Después de recibir la orden, entre órdenes y antes de seleccionar los productos, los shoppers deberán desinfectar sus manos, su teléfono y su carrito de compras constantemente.
– El teléfono y el carrito de compras deben ser limpiados minuciosamente con toallas desinfectantes o spray.
– El shopper deberá mantener sus manos limpias y evitarán tocarse la cara, especialmente los ojos, la boca o la nariz.
f) Medidas de Protección Personal aplicable a la entrega del pedido al usuario/consumidor:
– Entrega sin contacto: Se debe mantener una distancia de al menos 1 metro.
– El RI contactará con el usuario final, para acordar dónde dejar el pedido.
g) Medidas de Vigilancia Permanente relacionadas a la Operación.       
Durante la operación, se pondrá a disposición un canal de comunicación disponible tanto para (i) RI, (ii) Usuarios/Consumidores y (iii) Comercios Aliados, en el cual se podrá:
– Reportar casos de incumplimiento de los protocolos de higiene y seguridad por parte de los RI, comercios aliados y usuarios/consumidores.
– Realizar consultas y/o reportes pertinentes. Reportar incidencias correspondientes al COVID-19.
– Los aplicativos contarán con supervisores de campo.
Sintomatología COVID-19 previo al inicio de prestación de serviciosSi un RI declara y/o presenta alguno de los siguientes síntomas: (i) temperatura mayor a 38 °C, (ii) tos, estornudos o dificultad para respirar, (iii) expectoración o flema amarilla o verdosa o (iv) contacto con personas con un caso confirmado de COVID-19, se tomarán las siguientes acciones:
– Remoción de horas tomadas por el RI.
– Se deniega la habilitación en el Aplicativo para la prestación de los Servicios.
– Se procede a realizar prueba serológica rápida para COVID-19.
Capacitación y SensibilizaciónSe deberá definir un canal para informar a los RI sobre lo dispuesto en el protocolo y las disposiciones sanitarias y preventivas acerca del COVID-19.
Seguro Privado y Fondo EconómicoSeguro Privado contra COVID-19:
Los RI contarán con un seguro privado que los protegerá del COVID19, otorgando noventa (90) días de cobertura:
– Renta Hospitalaria por COVID-19: A partir del a partir del cuarto (4) día de hospitalización y hasta un máximo de sesenta (60) días.
– Indemnización por recuperación: al alta hospitalaria de cuidados intensivos (UCI).
– Indemnización por fallecimiento; y,
– Orientación médica telefónica las veinticuatro (24) horas
Fondo Económico Para RI Diagnosticados Con Covid-19:
Los RI contaran con un fondo de asistencia financiera a quienes se les diagnostique con COVID-19. El fondo brinda un monto de dinero a los RI diagnosticados, como soporte durante el tiempo en el que no van a prestar servicios, debido a su recuperación.
Criterios de focalización– Tener la condición de empresa formal, inscrita en SUNARP, con licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
– Contar con un establecimiento que permita que los RI cumplan, adecuadamente, con los criterios de bioseguridad, como parte de su “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo”.

Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:

Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario Gómez, Fressia Sanchez Tuñoque, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira y Grecia Elena Aldonate Pinto.


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