ESSALUD: Autorizan la presentación de certificados médicos particulares emitidos fuera del plazo de 30 días hábiles
22 de September de 2020
GSA
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En la fecha, el Seguro Social de Salud – Essalud publicó la Resolución de Gerencia General N° 063-GG-ESSALUD-2020, la misma que dispone autorizar, de manera excepcional, la presentación de los certificados médicos particulares emitidos fuera del plazo de treinta días hábiles para el procedimiento de Validación de Certificados Médicos, mientras dure la emergencia sanitaria a causa del COVID-19.
En ese sentido, Essalud precisa que se aceptará la presentación de los siguientes certificados médicos:
a)Certificados médicos emitidos treinta días hábiles antes del inicio de la declaratoria de la emergencia sanitaria a nivel nacional por el COVID-19.
b)Certificados médicos emitidos durante la emergencia sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19.
Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:
Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Fressia Sanchez Tuñoque, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira; y Grecia Elena Aldonate Pinto.
La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional. Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio podrán encontrarse en nuestra página web: www.garciasayan.com.pe
En la fecha, el Seguro Social de Salud – Essalud publicó la Resolución de Gerencia General N° 063-GG-ESSALUD-2020, la misma que dispone autorizar, de manera excepcional, la presentación de los certificados médicos particulares emitidos fuera del plazo de treinta días hábiles para el procedimiento de Validación de Certificados Médicos, mientras dure la emergencia sanitaria a causa del COVID-19.
En ese sentido, Essalud precisa que se aceptará la presentación de los siguientes certificados médicos:
a)Certificados médicos emitidos treinta días hábiles antes del inicio de la declaratoria de la emergencia sanitaria a nivel nacional por el COVID-19.
b)Certificados médicos emitidos durante la emergencia sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19.
Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:
Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Fressia Sanchez Tuñoque, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira; y Grecia Elena Aldonate Pinto.
La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional. Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio podrán encontrarse en nuestra página web: www.garciasayan.com.pe