MINAM: Disposiciones para realizar el trabajo de campo en la elaboración de la línea base de los instrumentos de gestión ambiental

17 de June de 2020
GSA

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El 17 de junio el Ministerio del Ambiente, a través de la Resolución Ministerial Nº 108-2020-MINAM, aprobó las Disposiciones para realizar el trabajo de campo en la elaboración de la línea base de los Instrumentos de Gestión Ambiental – IGA. Dichas Disposiciones establecen las medidas preventivas que deben cumplir los titulares de los proyectos de inversión pública, privada y pública y privada que efectúen excepcionalmente labores de campo para la elaboración de la línea base de los IGA durante del Estado de Emergencia Nacional y la Emergencia Sanitaria por el COVID-19. Algunas de las Disposiciones según la etapa del trabajo de campo son las siguientes:

Etapa pre campo1) El personal debe completar una ficha sintomatológica, la cual es de uso interno y no requiere ser presentada a la autoridad competente para su evaluación y aprobación, 2) el personal debe realizarse una prueba rápida o molecular para COVID-19, el costo es asumido por el titular del proyecto, 3) el titular del proyecto debe contar con un Plan de trabajo sanitario, el cual no requiere evaluación, ni aprobación de la autoridad competente, 4) el personal que realice el trabajo de campo debe contar con los implementos de seguridad sanitaria, así como contar con equipos de comunicación operativos.
Etapa de campoEl personal que realiza la etapa de campo debe: 1) realizar las actividades teniendo en cuenta el distanciamiento social, 2) llevar puestos los implementos de seguridad sanitaria, 3) limitar al máximo el contacto entre las personas, 4) activar las acciones para el tratamiento y evacuación, contenidos en el Plan de trabajo sanitario , en caso que el personal presente un caso sospechoso.
Etapa post campo1) Se realiza la desinfección del personal, así como de los equipos, muestras recolectadas (envases) e insumos utilizados en el desarrollo de la misma, 2) el personal debe completar la ficha sintomatológica con datos actualizados, 3) el personal debe realizar una prueba rápida o molecular para COVID-19.

Para más información sobre los temas tratados contactarse con los abogados de nuestra Área de Recursos Naturales y Medio Ambiente:

José Miguel Morales Dasso, Alberto Varillas Cueto, Edgardo Portaro van Oordt, Felipe Del Águila, Samantha Boy Roca y José Castillo.


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