Poder Judicial aprueba medidas para uso de la Mesa de Partes Electrónica y escaneo de expedientes físicos

12 de May de 2020
GSA

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La Resolución Administrativa N° 000133-2020-CE-PJ, del 7 de mayo de 2020, aprobó el “Proyecto de Mesa de Partes Electrónica y Digitalización de Expedientes Físicos” y el “Protocolo para el Uso de la Mesa de Partes Electrónica del Poder Judicial y Digitalización o Escaneo de Expedientes Físicos, para el Período de Reinicio de Actividades”.

Entre las principales medidas señaladas en los referidos protocolos se encuentran las siguientes:

  1. El acceso a la Mesa de Partes Virtual será a través de la Casilla Electrónica siendo el abogado titular de la casilla, el responsable de la autenticidad de los escritos y documentos remitidos.
  2. En los casos que se tramiten bajo el Expediente Judicial Electrónico (EJE) la presentación de escritos y demandas, y sus anexos, contarán con firma electrónica; además, los anexos, deberán estar escaneados con el formato OCR (Reconocimiento Óptico de Caracteres). Excepcionalmente por el plazo establecido en el protocolo (30 días calendario), se podrán enviar escritos sin firma electrónica; en este caso, deberán enviar escaneados los escritos debidamente suscritos (firma grafica) por la parte y su abogado.
  3. En los casos que se tramiten bajo el expediente judicial físico no EJE (en soporte papel) por el plazo establecido en el protocolo (30 días calendario), se podrán presentar demandas, escritos y anexos con firmas electrónicas, así como para la presentación escritos en un proceso en trámite o en ejecución, siendo estos considerados como originales, no requiriendo de una posterior confirmación. Además de ello, y por el periodo del protocolo, se podrán presentar escritos sin firma electrónica; debiéndose enviar escaneados los escritos debidamente suscritos (firma grafica) por la parte y su abogado.
  4. Se procederá a la digitalización o escaneo de los expedientes físicos para su registro en un repositorio informático en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) o en cualquier otro autorizado por el Poder Judicial para su trabajo remoto.

Las referidas medidas tienen por finalidad brindar un mecanismo de acceso y registro de demandas y escritos de los usuarios del Poder Judicial a través de la Mesa de Partes Electrónica y facilitar el trabajo remoto de los Jueces y auxiliares jurisdiccionales.


Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área de Litigios.

Javier Villa García Vargas, Agustín Yrigoyen González del Riego, Carlos Martín Chávez Meza, Raúl Aranda Córdova, Rafael Sánchez Ríos.


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