Prórroga del Estado de Emergencia, Modificaciones al Grupo de Riesgo y otras disposiciones
El día de hoy, se ha publicado el Decreto Supremo N°083-2020-PCM, por el que se ha dispuesto la prórroga del Estado de Emergencia Nacional por 14 días calendario, desde el lunes 11 hasta el domingo 24 de mayo de 2020.
La norma ha variado la composición del grupo de riesgo, el cual queda conformado por las siguientes personas y se sujeta a nuevas disposiciones:
Conformación del grupo de riesgo | – Por edad: Mayores de 65 años. – Por factores de salud: Personas con comorbilidades como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer, otros estados de inmunosupresión. |
Medidas laborales para el Grupo de Riesgo | – Se prioriza el trabajo remoto. – Si desean concurrir a trabajar o prestar servicios en las actividades autorizadas, pueden suscribir una DJ de asunción de responsabilidad voluntaria, conforme a las disposiciones que emita el MTPE, en coordinación con el MINSA. |
Medidas durante el Estado de Emergencia Nacional y la cuarentena | – Grupo de Riesgo: Pueden salir de su domicilio, siempre que requieran de atención médica urgente o ante una emergencia o para la adquisición de alimentos y medicinas, siempre que no cuenten con apoyo para ello. – En general: Podrán salir para el cobro de los beneficios otorgados por el Gobierno en el marco de la Emergencia Nacional, una pensión en una entidad bancaria o para la realización de un trámite que exija su presencia física. |
Finalmente, se han variado las disposiciones respecto a la inmovilización social obligatoria:
Personas autorizadas a circular durante el Estado de Emergencia y la cuarentena | Aquellas que presten servicios para las actividades comprendidas en las cuatro fases de reanudación económica, aprobadas por D.S. N°080-2020-PCM, conforme a su implementación. |
Reducción de horario de inmovilización social obligatoria con excepción de algunos departamentos | – Desde las 8:00pm hasta las 4:00am horas del día siguiente – Para los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, la inmovilización rige desde las 4:00pm hasta las 4:00am del día siguiente. – Los domingos la inmovilización social se mantiene para todos los ciudadanos durante todo el día. |
Uso de vehículos particulares durante el Estado de Emergencia y la cuarentena | – Solo los autorizados por el MINDEF o el MININTER, solo para la realización de tareas propias de la emergencia o para la prestación de servicios considerados como esenciales. – Vehículos para el traslado de personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia. |
Transporte público y taxis | – Los operadores del servicio de transporte deben realizar una limpieza de los vehículos, de acuerdo con las disposiciones del MINSA. – El aforo será de solo el 50% en los vehículos y paraderos.Los taxis se sujetan a la modalidad de pico y placa. |
Bancos y Entidades Financieras | – El aforo será de solo el 50%. – Para el ingreso se exige: Desinfección previa, uso obligatorio de guantes y mascarillas, y mantener una distancia social no menor de 2 metros. |
Mercados, supermercados, establecimientos comerciales minoristas de alimentación y otros centros de venta de alimentos no preparados | – El aforo será de solo el 50%. – Para el ingreso se esije: Desinfección previa, uso obligatorio de guantes y mascarillas y mantener una distancia social no menor de 2 metros. |
Medidas para niños, niñas y adolescentes menores de 14 años | – Podrán realizar desplazamientos fuera del domicilio. – Deberán salir con una persona mayor de edad que resida en el mismo domicilio y asumirá su cuidado y las disposiciones de salud. – La circulación se limita a 1 paseo diario de máximo 30 minutos de duración, en una distancia no superior de 500 metros respecto del domicilio. – Durante el paseo, se debe mantener una distancia social no menor de 2 metros. – Están excluidas las personas que presenten síntomas, se encuentren en cuarentena por disposición sanitaria o tengan diagnóstico positivo de COVID-19. – La disposición entra en vigencia el día lunes 18 de mayo de 2020. |
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Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario Gómez, Fressia Sanchez Tuñoque, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira; y Grecia Elena Aldonate Pinto.
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