Proyectos del sector Transportes y Comunicaciones: Lineamientos para la reanudación gradual y progresiva

9 de May de 2020
GSA

Autor

Hoy, 8 de mayo de 2020, se publicó la Resolución Ministerial Nº 259-2020-MTC/01, mediante la cual se aprueban los lineamientos esenciales para la reanudación gradual y progresiva de los proyectos del sector transportes y comunicaciones.

La norma en cuestión contiene los siguientes aspectos, que deben ser cumplidos por los sectores a fin de reanudar sus actividades:

Criterios de focalizacióna) Territorialidad: Se prefiere la ubicación geográfica de menor riesgo de contagio.
b) Personas: Se prefiere los proyectos de menor intensidad de mano de obra o los de menor movilidad.
c) Impacto económico y social: Se prefiere los proyectos de mayor contribución económica y social.
d) Aseguramiento de los EPP: Se reinician actividades de empresas que puedan asegurar la disponibilidad de los EPP y otros implementos de salud.
e) Nivel de supervisión: Se prefiere las actividades de mayor facilidad de fiscalización.
f) Actividades conexas: Se prefiere el proyecto que demande menor necesidad de insumos o actividades conexas.
Requisitos para la reanudación de proyectosa) Ubicación: Documento de identificación visual con coordenadas UTM.
b) Plan de Reanudación: Debe contener contiene frentes de trabajo, personal involucrado, subcontratistas, entre otros, según corresponda.
c) Protocolos sanitarios: Documento elaborado de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, y los Protocolos Sanitarios Sectoriales aprobados mediante Resolución Ministerial N° 0257-2020-MTC/01.
d) Incidencias: Declaración Jurada de obligatoriedad de informar incidencias, como la detección de casos de COVID-19, entre otros.
e) Equipos de EPP: Declaración Jurada de contar con los elementos de protección requeridos por la autoridad sanitaria.
f) Distanciamiento social: Declaración Jurada de cumplimiento de distanciamiento social según el aforo máximo permitido, el cual deberá estar sustentado en el Plan de Reanudación.
Procedimientoa) El MTC evalúa, los proyectos que pueden reanudarse, lo cual es comunicado, mediante correo electrónico o cualquier otro medio, al contratista del proyecto.
b) Recibida la comunicación de la Unidad Ejecutora o entidad competente, el contratista presenta su solicitud de reanudación, mediante correo electrónico o cualquier otro medio dispuesto, adjuntando los requisitos antes señalados.
c) Para el caso de proyectos de inversión privada con plazos máximos de ejecución en el marco de una Asociación Público Privada (APP) el concesionario tendrá un plazo máximo de 15 días calendarios para presentar su solicitud de reanudación.
d) El MTC verifica el cumplimiento de los requisitos señalados y responde al contratista en un plazo de cinco (5) días calendario, contados desde la presentación de la solicitud. Vencido el plazo para responder se entiende por autorizado para reanudar.
e) En el supuesto que el MTC considere que la solicitud cumple los requisitos establecidos, genera el usuario y clave en el SICOVID-19 y georeferencia la ubicación del proyecto en la plataforma del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; comunicando finalmente al contratista la autorización de reanudación del proyecto, y su usuario y clave SICOVID-19.
f) En caso la Unidad Ejecutora o entidad competente considere que la solicitud está incompleta o errónea, comunica al contratista las observaciones, para la subsanación correspondiente.
FasesLa reanudación de servicios de telecomunicaciones se realizará en dos fases:
a) Fase preoperativa: Se elaboran los protocolos del proyecto, las contrataciones de insumos, el traslado de equipos y maquinarias, entre otras actividades, antes de la prestación efectiva del servicio. Para la Fase I de la Reanudación económica, esta se inicia al día siguiente de publicada la Resolución Ministerial comentada.
b) Fase operativa: Se reanuda el estudio, ejecución u operación del proyecto. Para la Fase I de la Reanudación económica, esta fase se inicia a partir del 25 de Mayo de 2020, siempre que se cuente con la autorización de la entidad y el registro en el SICOVID.

Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:

Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario Gómez, Fressia Sanchez Tuñoque, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira; y Grecia Elena Aldonate Pinto.


La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional.

Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio podrán encontrarse en nuestra página web: www.garciasayan.com.pe