SMV establece plazos para la presentación de información de las sociedades de agentes de bolsa
Mediante Resolución N°045-2020-SMV/02 publicada el día de hoy, la Superintendencia de Mercado de Valores (en adelante “SMV”) ha establecido, excepcionalmente, plazos y fechas límite para la presentación de la información financiera e información complementaria de las sociedades agentes de bolsa, la cual deberá realizarse según el siguiente cronograma:
Información Financiera | Fecha de cierre | Fecha límite |
---|---|---|
Estados financieros e información complementaria | 29/02/2020 | 15/06/2020 |
Estados financieros e información complementaria | 31/03/2020 | 15/06/2020 |
Estados financieros e información complementaria | 30/04/2020 | 15/06/2020 |
Estados financieros consolidados auditados | 31/12/2019 | 31/07/2020 |
Estados financieros consolidados trimestrales | 31/03/2020 | 31/07/2020 |
Asimismo, la presentación de la información financiera e información complementaria correspondiente al mes de mayo de 2020 y en adelante, se efectuará conforme a los plazos establecidos en el Reglamento de Agentes de Intermediación[1].
[1] Artículo 95.- Obligaciones
Los Agentes deben presentar a la SMV sus estados financieros e Información Complementaria correspondientes a cada cierre de mes, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes.
En el caso de que el Agente cuente con las subsidiarias que le permite la Ley, también debe presentar a la SMV sus estados financieros consolidados trimestrales, dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes.
Los estados financieros que se mencionan en el presente artículo, para ser presentados a la SMV, deben contar con la firma de un contador público colegiado.
Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados del Estudio:
Dr. Luis Gastañeta, Dra. Shirley Cárdenas, Dr. Alfonso Tola, Dra. María Soledad Gastañeta y el Dr. Sergio Chang.
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