El día de ayer, mediante un comunicado oficial, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) exhortó a los empleadores a adoptar medidas flexibles ante las dificultades de traslado de los trabajadores a sus centros de labores, producto del paro convocado para el día de hoy.
El martes 8 de octubre, se conmemora el Combate de Angamos, por lo que tal fecha es considerada como feriado remunerado obligatorio a nivel nacional, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Legislativo N° 713, que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
El 28 de setiembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Legislativo N°1670 (en adelante, el “Decreto”), que modifica a la Ley N°28271, Ley que regula los pasivos ambientales de la actividad minera.
El Artículo 1 del Decreto establece la modificación al Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, de esa manera añade el artículo 43A, que establece un nuevo mecanismo de reporte de información sobre las existencias de combustibles líquidos.
Por Ley N° 32123, publicada el 24 de setiembre de 2024, se ha creado el Sistema Previsional Peruano, que incorpora el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP).
