Excluyen de responsabilidad penal a los partidos políticos

11 de junio de 2024
GSA

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El 10 de junio del presente año, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 32054, a través de la cual se modifica los artículos 105° del Código Penal aprobado mediante Decreto Legislativo N° 635 y el artículo 5° de la Ley N° 30424, “Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal”.

En ese sentido, el objetivo de esta modificatoria consiste en eliminar la responsabilidad penal de los partidos políticos, como persona jurídica, argumentado la supuesta “optimización de la democracia representativa mediante el establecimiento de medidas para la lucha contra la corrupción en las organizaciones políticas”.

A continuación, les resumimos los puntos más resaltantes de la norma.

  • Modificaciones al Código Penal, Decreto Legislativo N° 635:
    • La presente norma, elimina la posibilidad de establecer consecuencias jurídico – penales a los partidos políticos.
    • La modificación prevé que el cambio de la razón social, la personería jurídica o la reorganización societaria no impediría la aplicación de las medidas.
    • Se establece que únicamente se podrá imponer a los partidos políticos el régimen administrativo sancionador previsto al interior de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas.
    • Se elimina la responsabilidad penal a los partidos políticos en su calidad de persona jurídica, aplicando esta de manera individual a los sujetos implicados en el delito.
  • Modificaciones a la Ley N° 30424:
    • Se modifica el artículo 5° de la Ley N° 30424, referido a las medidas administrativas aplicables a las personas jurídicas.
    • Se establece que no se podrá imponer a las organizaciones políticas frente a la comisión de los delitos previstos en el artículo 1, las siguientes medidas administrativas:
      • Inhabilitación, en cualquiera de las siguientes modalidades:
        • Suspensión de sus actividades.
        • Prohibición de llevar a cabo en el futuro actividades de la misma clase o naturaleza del delito
        • Contratar con el Estado.
      • Clausura de sus locales o establecimientos,
      • Disolución
    • Se elimina la responsabilidad penal de los partidos políticos en su calidad de persona jurídica, aplicando esta de manera individual a los sujetos implicados en el ilícito.
  • La Resolución entrará en vigencia el 11 de Junio de 2024.

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