Hoteles Categorizados: Criterios de Focalización territorial y obligatoriedad de reportar incidencias

9 de mayo de 2020
GSA

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La Resolución Ministerial Nº81-2020-MINCETUR aprobó los criterios de focalización territorial a ser aplicados en la reanudación de actividades de los Hoteles Categorizados.

Criterios de Focalización Territorial  Los criterios son los siguientes:
– Contar con RUC, Licencia Municipal de Funcionamiento y Certificado de Clasificación y Categorización
– Contar con no menos de seis (6) trabajadores.
Reportar al MINCETUR cualquier incidencia y la detección de casos sospechosos por COVID-19 a través del siguiente correo electrónico: turismoincidencias@mincetur.gob.pe
Reanudación de actividades Procedimiento para la reanudación de actividades:
i) A partir del lunes 11 de mayo de 2020, la persona natural o jurídica presenta la solicitud para la reanudación  de  actividades a través de la plataforma virtual del MINCETUR: http://ventanillavirtual.mincetur.gob.pe/.
ii) La Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico evalúa lo siguiente: (i) el cumplimiento de los criterios de focalización territorial y (ii) la obligación de reportar incidencias. Luego de realizar dicha verificación, emite la autorización en el plazo no mayor de un (1) día calendario.
iii) Después de otorgarse la autorización, la persona natural o jurídica procede al registro del “Plan para la vigilancia, prevención y control de Covid-19 en el trabajo”  al siguiente link: https://siscovid.minsa.gob.pe/login
iv) El inicio de las actividades se realizará a la fecha siguiente de efectuado el registro.
La Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico se encuentra facultada para verificar posteriormente el cumplimiento de la presente Resolución.
Fiscalización y Monitoreo– Las entidades competentes efectúan las acciones de fiscalización y supervisión de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 080-2020- PCM y lo dispuesto en esta RM.
– Los Gobiernos Regionales a través del órgano competente en materia de turismo y salud monitorean el cumplimiento de la RM, así como, lo dispuesto en el Protocolo Sanitario para Hoteles Categorizados.

Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:

Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario Gómez, Fressia Sanchez Tuñoque, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira; y Grecia Elena Aldonate Pinto.


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