
Incluyen nuevos Sujetos Obligados a informar a la UIF- Perú
El 1 de marzo de 2025, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N°004-2025-JUS que incorpora como sujetos obligados a informar a la UIF- Perú, de acuerdo con la Ley N° 29038, Ley que incorpora a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF- Perú) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a las personas jurídicas que prestan el servicio de transporte y custodia de dinero y valores, que no son supervisadas por la SBS.
La norma tiene como finalidad que los nuevos sujetos obligados implementen un sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que garantice la implementación de medidas preventivas frente a la delincuencia y criminalidad organizada, buscando evitar su utilización como medio de transporte de fondos o bienes de origen ilícito.
Las empresas serán supervisadas en materia de prevención de LAFT por la UIF-Perú.
La presente Resolución entrará en vigencia el 02 de marzo de 2025.
Para más información sobre los temas tratados contactarse con las abogadas del área de Compliance:
Shirley Cárdenas y Ximena Schmiel.
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