La SUNAT prorroga las fechas de vencimiento de diversas obligaciones tributarias formales

30 de abril de 2020
GSA

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Con el fin de brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales, teniendo en consideración que el Estado de Emergencia y la cuarentena se han prorrogado hasta el 10 de mayo de 2020, la SUNAT ha modificado las fechas de vencimiento de las siguientes obligaciones tributarias formales:

a) Contribuyentes que en el ejercicio 2019 hubieran obtenido ingresos netos hasta 2,300 UIT

i) Declaración y el pago de las obligaciones tributarias mensuales del mes de febrero de 2020:

ii) Envío a la SUNAT de las declaraciones informativas y comunicaciones del Sistema de Emisión Electrónica: Se prorrogan hasta el 25 de mayo, los plazos que vencían desde el 16 de marzo hasta el 10 de mayo de 2020.

iii) Plazo para presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros: Se prorroga hasta el 29 de mayo de 2020.

b) Contribuyentes que en el ejercicio 2019 hubieran obtenido ingresos netos hasta 5,000 UIT

i) Declaración y el pago de las obligaciones tributarias mensuales de los meses de marzo a junio de 2020:

(1) Incluye los vencimientos para la declaración y pago al contado o de las cuotas del Impuesto Temporal a los Activos Netos.

ii) Fechas máximas de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras Electrónicos de los meses de marzo a junio de 2020:

iii) Envío a la SUNAT de las declaraciones informativas y comunicaciones del Sistema de Emisión Electrónica: Se prorrogan hasta el 25 de mayo, los plazos que vencían desde el 31 de marzo hasta el 10 de mayo de 2020.

iv) Plazo para presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros: Se prorroga hasta el 29 de mayo de 2020.

Los nuevos plazos de vencimiento han sido establecidos mediante la Resolución de Superintendencia N° 075-2020/SUNAT, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de abril 2020.


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Dr. Alfredo Gastañeta Alayza, Dra. Rossana Rodríguez Ruíz, Dra. Mariapía Sáenz Portugal, Dr. Poul Ponce Cotera y Dra. Karina Talledo de la Piedra.


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