MEF modifica la tasa de interés de referencia para financiamientos del exterior
Debido al desuso de la tasa LIBOR como parámetro de referencia en operaciones de financiamiento a nivel global, se ha modificado el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta señalando a la tasa SOFR – “Secured Overnight Financing Rate” promedio a 30 días más 4 puntos, como la tasa de referencia en caso de préstamos del exterior, cualquiera sea la plaza de donde provenga el crédito.
La mencionada tasa se usará como parámetro referencia en la aplicación del Impuesto a la Renta de 4.99% a los intereses que se paguen a personas jurídicas no domiciliadas por préstamos que se coloquen en el Perú.
La modificación de la tasa de referencia se ha realizado mediante el Decreto Supremo N° 137-2023-EF, publicado el 29 de junio de 2023.
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