Ministerio Público reanuda actividades presenciales a partir de 1 de julio de 2020
El día martes 30 de junio de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 733-2020-MP-FN, mediante la cual, se han dispuesto diversas medidas para la reanudación de las labores presenciales del Ministerio Publico a partir del 1 de julio de 2020, entre las más resaltantes encontramos a las siguientes:
- Se ha dispuesto que a partir del 1 de julio de 2020 se reanuden gradualmente las actividades en el Ministerio Público priorizando el trabajo remoto.
- Se autorizó a partir del 1 de julio, el uso de los correos electrónicos institucionales como mecanismo de comunicación con las mesas de partes de las fiscalías de cada distrito fiscal.
- Se aprobó el funcionamiento del Módulo de Citas Fiscales (CITAF) a partir del 8 de julio del 2020, que permitirá que los usuarios gestionen citas con los despachos fiscales a nivel nacional; para lo cual, se dispuso el uso obligatorio del correo electrónico institucional y herramientas G-suite como el Calendar, Meet, Drive, entre otros, para la adecuada y oportuna atención de las citas virtuales a los usuarios a través del Módulo de Citas Fiscales (CITAF); y que a partir del 17 de julio del 2020, se inicie la atención presencial de manera excepcional para atender las citas gestionadas a través del referido sistema y aquellos otros casos que no puedan ser atendidos de manera virtual.
- Se aprobó el funcionamiento del piloto “Sistema de Información de Mesa de Partes Electrónica-MPE”, a partir del 8 de julio del 2020, en las 49 fiscalías provinciales penales del Distrito Fiscal de Lima, 14 fiscalías distritalizadas de Miraflores, San Isidro, Magdalena del Mar, San Borja, Surquillo y La Victoria, así como en las 20 fiscalías provinciales especializadas en violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo de familiar del Distrito Fiscal de Lima.
- Se ha dispuesto la aplicación prioritaria del trabajo remoto a nivel nacional en los despachos fiscales y dependencias administrativas del Ministerio Público a fin de evitar la exposición de los trabajadores al riesgo del contagio del COVID-19, salvo en los casos que por la naturaleza de la labor o por mandato expreso de la ley, deba de realizarse trabajo presencial, para lo cual se deberán adoptar las medidas de bioseguridad necesarias.
- Se dispuso que durante el periodo de transición (1 al 7 de julio de 2020) contemplado en el Protocolo de Retorno Progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público-Fiscalía de la Nación al término del Estado de Emergencia Nacional decretado a consecuencia del COVID-19, continuarán suspendidos de manera excepcional los plazos procesales de las investigaciones y actuaciones que se encuentran bajo la competencia del Ministerio Público, así como la suspensión de los plazos en los trámites y procedimientos administrativos que se encuentren en curso.
- Finalmente, se prorrogó la suspensión de labores en los distritos fiscales de Ancash, Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, Madre de Dios y San Martín, desde el 1 hasta el 31 de julio del 2020, razón por la cual,continúa la suspensión de los plazos procesales de las investigaciones y actuaciones que se encuentran bajo la competencia del Ministerio Público, así como, la suspensión de los plazos en los trámites y procedimientos administrativos que se encuentren en curso, durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional con aislamiento social obligatorio.
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Diego Martin Calmet Mujica y Maria Ximena Schmiel Balarezo.
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