Ministerio Público reanuda actividades presenciales a partir de 1 de julio de 2020

1 de julio de 2020
GSA

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El día martes 30 de junio de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 733-2020-MP-FN, mediante la cual, se han dispuesto diversas medidas para la reanudación de las labores presenciales del Ministerio Publico a partir del 1 de julio de 2020, entre las más resaltantes encontramos a las siguientes:

  1. Se ha dispuesto que a partir del 1 de julio de 2020 se reanuden gradualmente las actividades en el Ministerio Público priorizando el trabajo remoto.
  2. Se autorizó a partir del 1 de julio, el uso de los correos electrónicos institucionales como mecanismo de comunicación con las mesas de partes de las fiscalías de cada distrito fiscal.
  3. Se aprobó el funcionamiento del Módulo de Citas Fiscales (CITAF) a partir del 8 de julio del 2020, que permitirá que los usuarios gestionen citas con los despachos fiscales a nivel nacional; para lo cual, se dispuso el uso obligatorio del correo electrónico institucional y herramientas G-suite como el Calendar, Meet, Drive, entre otros, para la adecuada y oportuna atención de las citas virtuales a los usuarios a través del Módulo de Citas Fiscales (CITAF); y que a partir del 17 de julio del 2020, se inicie la atención presencial de manera excepcional para atender las citas gestionadas a través del referido sistema y aquellos otros casos que no puedan ser atendidos de manera virtual.
  4. Se aprobó el funcionamiento del piloto “Sistema de Información de Mesa de Partes Electrónica-MPE”, a partir del 8 de julio del 2020, en las 49 fiscalías provinciales penales del Distrito Fiscal de Lima, 14 fiscalías distritalizadas de Miraflores, San Isidro, Magdalena del Mar, San Borja, Surquillo y La Victoria, así como en las 20 fiscalías provinciales especializadas en violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo de familiar del Distrito Fiscal de Lima.
  5. Se ha dispuesto la aplicación prioritaria del trabajo remoto a nivel nacional en los despachos fiscales y dependencias administrativas del Ministerio Público a fin de evitar la exposición de los trabajadores al riesgo del contagio del COVID-19, salvo en los casos que por la naturaleza de la labor o por mandato expreso de la ley, deba de realizarse trabajo presencial, para lo cual se deberán adoptar las medidas de bioseguridad necesarias.
  6. Se dispuso que durante el periodo de transición (1 al 7 de julio de 2020) contemplado en el Protocolo de Retorno Progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público-Fiscalía de la Nación al término del Estado de Emergencia Nacional decretado a consecuencia del COVID-19, continuarán suspendidos de manera excepcional los plazos procesales de las investigaciones y actuaciones que se encuentran bajo la competencia del Ministerio Público, así como la suspensión de los plazos en los trámites y procedimientos administrativos que se encuentren en curso.
  7. Finalmente, se prorrogó la suspensión de labores en los distritos fiscales de Ancash, Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, Madre de Dios y San Martín, desde el 1 hasta el 31 de julio del 2020, razón por la cual,continúa la suspensión de los plazos procesales de las investigaciones y actuaciones que se encuentran bajo la competencia del Ministerio Público, así como, la suspensión de los plazos en los trámites y procedimientos administrativos que se encuentren en curso, durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional con aislamiento social obligatorio.

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Diego Martin Calmet Mujica y Maria Ximena Schmiel Balarezo.


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