Modifican Norma sobre las funciones y cargos ocupados considerados Personas Expuestas Políticamente (PEP) en materia de prevención LAFT
Con fecha 16 de agosto de 2025, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución SBS Nº 02868-2025, que dispuso la modificación de la Norma sobre funciones y cargos ocupados por personas expuestas políticamente (en adelante, “PEP”) aprobada por la Resolución SBS N° 4349-2016. Entiéndase a los PEP como personas naturales, nacionales o extranjeras que cumplen o cumplieron funciones públicas. Su identificación juega un papel importante en los procedimientos de Debida Diligencia, en tanto que son considerados sujetos de alto riesgo por el ejercicio de dichas funciones o por los vínculos que aún puedan mantener con entidades públicas.
Con la modificación publicada se ha reducido el plazo de 5 años a 2 años, así serán PEP los que actualmente cumplen o los que en los últimos dos (2) años hayan cumplido funciones públicas destacadas o funciones prominentes en una organización internacional.
En cuanto a la delimitación de los cargos y funciones comprendidos en el numeral 2 del Anexo de la citada Resolución, la modificación abarcó los literales e), i), j), k) y m), de acuerdo con el siguiente detalle:
- e) Se incluyen a todos los jueces superiores; i) a los jefes de gabinete de asesores de entidades públicas; j) a los embajadores —excluyéndose a los cónsules y ministros plenipotenciarios—; k) a los funcionarios del órgano encargado de las contrataciones del Estado y a los titulares de las áreas de tesorería; m) al tesorero de los partidos políticos o alianzas electorales, así como a los candidatos a cargos de elección popular. Y los que antes estaban mencionados en la Norma original y las modificatorias.
Los literales adquirieron mayor precisión, eliminando la posibilidad de una interpretación extensiva de la norma, lo que a su vez facilita su comprensión.
Las presentes modificaciones entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, es decir, desde el 17 de agosto de 2025.
Para mayor información sobre el tema tratado, contactarse con las abogadas de nuestra Área de Compliance:
Shirley Cárdenas y Ximena Schmiel.
La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional. Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio podrán encontrarse en nuestra página web: www.gsalegal.pe
