Modifican Reglamento de Infracciones y Sanciones de la SBS
A través de la Resolución SBS No. 01814-2023 publicada el día 25 de mayo de 2023, se modificó el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia de Banca, Seguros u Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) (en adelante, el Reglamento) que fue aprobado por Resolución SBS No. 2755-2018, a fin de incorporar infracciones adicionales al Anexo 2 y modificar el Anexo 6 del Reglamento.
En ese sentido, se establecen las siguientes modificaciones:
- Inclusión de normas en el apartado II. Infracciones Graves del Anexo 2 “Infracciones específicas del sistema financiero y de las empresas de servicios complementarios y conexos”:
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- Se incluye el numeral 78 que sanciona con infracción grave la asunción del riesgo total o parcial de una cartera crediticia por la recompra, canje o utilización de la misma. Excepto cuando esta es una operación al contado con pacto de recompra u opción de compra donde interviene el BCRP y que la misma esté autorizada por la SBS.
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- Se añade el numeral 79 que sanciona con infracción grave la adquisición de una cartera crediticia a una persona vinculada cuando la SBS no haya emitido una autorización previa para la misma. Sin embargo, esto no se aplica si el transferente es una empresa supervisada por la SBS.
- Inclusión de normas en el apartado III. Infracciones Muy Graves del Anexo 2 “Infracciones específicas del sistema financiero y de las empresas de servicios complementarios y conexos”:
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- El numeral 19 sanciona con infracción muy grave si se excede el 40% del sublimite del patrimonio efectivo total para la adquisición de bienes muebles o inmuebles.
- Se modifica el apartado III. Infracciones Muy Graves del Anexo 6 “Infracciones específicas de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con recursos del público y centrales de ahorro y crédito”:
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- La modificación del numeral 14 ahora sanciona con infracción muy grave si se incurren en las prohibiciones del artículo 41 del Reglamento General de COOPAC (Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público) o de las que se encuentran en el numeral 19 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero.
Las inclusiones y modificaciones se pueden revisar en el siguiente enlace: https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF
Así consta en la Resolución SBS No. 01814-2023 publicada el día 25 de mayo de 2023 en el Diario El Peruano, la misma que entra en vigencia el 26 de mayo de 2023.
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Dr. Luis Gastañeta, Dr. Agustín Yrigoyen, Dra. Shirley Cárdenas, Dr. Alfonso Tola, Dra. María Soledad Gastañeta y Dra. Gianella Cáceres.
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