Nuevo pase vehicular
Desde mañana, las personas que cuenten con el Pase Personal Laboral, podrán gestionar un pase vehicular a fin de poder trasladarse en vehículos, el cual deberá ser tramitado, luego de la renovación respectiva, en el mismo enlace que el Pase Personal Laboral: https://www.gob.pe/paselaboral.
Dicho pase aplicará para los siguientes casos:
- Vehículos pertenecientes a los servicios de alimentación.
- Vehículos pertenecientes a personal del sector salud.
- Vehículos pertenecientes a empresas dedicadas a los servicios relacionados a medicinas.
- Vehículos pertenecientes a empresas dedicadas a garantizar los bienes y servicios esenciales.
- Vehículos pertenecientes a medios de comunicación.
- Vehículos pertenecientes a centrales de atención telefónica vinculados a la emergencia.
- Vehículos que realizan transporte de choferes de transporte urbano.
- Vehículos que realizan el traslado de personal de serenazgo y fiscalización.
- Vehículos que realizan el servicio de transporte de carga.
- Vehículos que transportan caudales hasta las 20:00 horas.
- Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Judicial, Legislativo y Sistema Financiero y Seguros.
Cabe señalar que las personas que transiten en dichos vehículos, además de llevar el pase vehicular en el parabrisas delantero, deberán portar el Pase Personal Laboral, fotocheck y DNI. Por su parte, los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario y Bomberos, en ejercicio de sus funciones, podrán circular en vehículos particulares debidamente identificados.
Sin perjuicio de lo anterior, las personas que, ante emergencias, requieran asistir a establecimientos de salud podrán circular en su vehículo particular. Además, en casos de emergencias y durante la inmovilización social obligatoria, los vehículos deben transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas y a una velocidad no mayor a 30 Km/h.
Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:
Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario Gómez, Fressia Sanchez Tuñoque, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira; y Grecia Elena Aldonate Pinto.
La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional.
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