Poder Judicial modifica el reglamento de Trabajo remoto en los órganos jurdisccionales y administrativos
El día viernes 10 de julio de 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución administrativa N° 000174-2020-CE-PJ, mediante la cual, se modificó el artículo 2° del Reglamento denominado “Trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000069-2020-P-CE-PJ, realizándose el siguiente cambio:
- Ahora el trabajo remoto puede ser realizado en la residencia habitual u otro lugar en que se encuentre el juez o el trabajador judicial como consecuencia de las medidas de aislamiento social. En el caso del juez en el lugar donde ejerce jurisdicción.
- Cualquier variación deber ser comunicada por el trabajador judicial o juez a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar o la que haga sus veces y al Jefe inmediato”
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Diego Martin Calmet Mujica y Maria Ximena Schmiel Balarezo.
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