Precisan alcances sobre funcionamiento de órganos jurisdiccionales durante estado de emergencia

20 de marzo de 2020
GSA

Autor

La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante Resolución Administrativa No. 000135-2020-P-CSJLI-PJ ha redefinido la atención de emergencia –con la finalidad de no generar la necesidad de tránsito y circulación de magistrados, servidores y usuarios-  disponiendo, entre otras cosas, lo siguiente:

  1. La suspensión en la atención de Mesas de Partes de todas las sedes judiciales que comprende la Corte Superior de Justicia de Lima;
  2. La posibilidad de interponer demandas de amparo y de solicitar medidas cautelares (frente a peligros irreparables) de forma virtual, ante la vulneración o amenaza de vulneración de derechos constitucionales, debiendo dirigir la demanda o solicitud cautelar al correo electrónico: juzgconstitucionallima@pj.gob.pe;
  3. La posibilidad de interponer Habeas Corpus en los supuestos permitidos, también, de forma virtual, dirigiéndola al correo electrónico: habeascorpuscsjlima@pj.gob.pe
  4. La posibilidad de interponer denuncias por violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar y solicitar medidas de protección, también, de forma virtual, dirigiéndola al correo electrónico: juzgfamilialima@pjgob.pe;
  5. La posibilidad de formular consignaciones y pedir endose de pensiones alimenticias, también, de forma virtual, dirigiéndola al correo electrónico: juzgpazletradolima@pj.fob.pe;
  6. Reformular la competencia de la Sala Mixta de Emergencia quien sería competente para conocer, en revisión, de asuntos originados en Juzgados Penales, de Familia y Constitucional la misma que funcionará durante el período de emergencia;

Además de ello se dispuso que, los abogados y justiciables, según el caso, ingresarán su denuncia, requerimiento, solicitud, oficio, demanda, medida cautelar, petición, etc. con sus respectivos recaudos, en formato digitalizado y por vía electrónica en los correos electrónicos antes indicados; y siempre que sea posible, las diligencias se llevarán a cabo haciendo uso de las herramientas tecnológicas (video conferencias, video llamadas grupales, mensajes de texto, WhatsApp, correo electrónico, etc.) que eviten la concurrencia física e interacción personal entre los operadores de justicia y los usuarios; a condición de no causarse indefensión.


La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional.

Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este  informativo así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio podrán encontrarse en nuestra página web: www.gsalegal.pe