SUNAT aprueba medidas para otorgar liquidez y facilidades a los contribuyentes con ocasión del estado de emergencia nacional

18 de marzo de 2020
GSA

Autor

En adición a las medidas adoptadas el 13 y 16 de marzo de 2020, la SUNAT ha anunciado en su portal un conjunto de disposiciones con el objeto de otorgar liquidez y otras facilidades a los contribuyentes:

  1. Liberación de los fondos depositados en las cuentas de detracciones. – Los contribuyentes no tendrán que esperar al mes de abril para solicitar la liberación de los fondos de sus cuentas de detracciones, lo podrán hacer desde el 23 de marzo de 2020, accediendo de esta manera a sus fondos acumulados hasta el 15 de marzo de 2020.
  2. Facultad discrecional para no aplicar sanciones. – Se ha dispuesto el uso de la facultad discrecional de la SUNAT para no aplicar sanciones por incumplimiento de las obligaciones tributarias formales originadas durante el periodo de emergencia nacional.
  3. Fraccionamiento de deuda tributaria. – Los contribuyentes que por la situación de emergencia no puedan pagar la cuota de marzo de 2020, no perderán el fraccionamiento de sus deudas tributarias.

Las referidas medidas han sido anunciadas en el portal de la SUNAT, quedando pendiente la publicación de las mismas a través de la Resolución de Superintendencia correspondiente.


La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional.

Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio podrán encontrarse en nuestra página web: www.garciasayan.com.pe