SUNAT modifica los códigos para identificar las existencias en ciertos libros y registros tributarios, así como, establecer la anotación independiente del Impuesto al Consumo de las Bolsas de Plástico en Registros de Ventas e Ingresos y de Compras

30 de junio de 2020
GSA

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La SUNAT, debido al impacto de las medidas impuestas por el Estado para hacer frente al brote del COVID-19, ha modificado la Resolución de Superintendencia N° 042-2018/SUNAT, a efectos de postergar, hasta el 01 de enero de 2021, la obligación de uso de los códigos para la identificación de las existencias en determinados libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica para establecer, entre otros:

  • El uso opcional del Código de productos y servicios estándar de las Naciones Unidas (UNSPSC) o el Global Trade Item Number (GTIN) para la identificación de los activos fijos o mercaderías y productos terminados en los Registros de Activos Fijos, Inventario Permanente en Unidades Físicas e Inventario Permanente Valorizado, salvo que alguno de estos códigos se hubiere consignado en el comprobante de pago electrónico, en cuyo caso, a partir de dicha fecha es obligatorio para el registro de entrada y salida de los activos fijos o de las mercaderías y productos terminados, según corresponda.
  • El uso de la versión 5.2 del Programa de Libros Electrónicos (PLE).

Asimismo, se ha dispuesto que, a partir de la fecha indicada anteriormente, la información correspondiente al Impuesto al Consumo de las Bolsas Plásticas (ICBP), sea anotada en los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras, en una columna independiente a aquella que contiene la información referida a otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible del IGV,

Las referidas modificaciones han sido aprobadas mediante la Resolución de Superintendencia N° 108-2020/SUNAT, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de junio de 2020.


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Dr. Alfredo Gastañeta Alayza, Dra. Rossana Rodríguez Ruíz, Dra. Mariapía Sáenz Portugal, Dr. Poul Ponce Cotera y Dra. Karina Talledo de la Piedra.


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