Suspensión Perfecta de Labores: Acceso a subsidios de origen público

1 de mayo de 2020
GSA

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El 30 de abril de 2020, se publicó el Decreto Supremo N°12-2020-TR, mediante el cual se precisan los aspectos a evaluar en las solicitudes de Suspensión Perfecta de Labores (SPL) respecto a los subsidios de origen publico otorgados en el marco de la Emergencia Sanitaria:

ASPECTODISPOSICION
Subsidio a la planillaDurante el mes en el que el empleador percibe el subsidio para el pago a la planilla (35% de aquellos que ganan hasta S/1,500), la SPL por la imposibilidad de aplicar el trabajo remoto, la licencia con goce de haber o el nivel de afectación económica, no podrá comprender a los trabajadores por los cuales el empleador percibe dicho subsidio.
Cuando corresponda, la Autoridad Administrativa de Trabajo emitirá resolución indicando que la SPL no aplica a los citados trabajadores.
Cálculo de Ratios de Masa Salarial/VentasEn las comunicaciones de SPL que se produzcan en mayo, a fin de determinar la ratio entre masa salarial y ventas correspondiente al mes de abril del presente año, se deberá descontar lo percibido por el empleador para el pago del subsidio a la planilla al importe de las remuneraciones de los trabajadores.

Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:

Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario Gómez, Fressia Sanchez Tuñoque, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira; y Grecia Elena Aldonate Pinto.


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