Suspensión Perfecta de Labores – CTS: Modifican disposiciones en torno al retiro extraordinario
Hoy, 15 de mayo de 2020, se publicó el Decreto de Urgencia Nº 56-2020, el mismo que modifica disposiciones en torno al retiro extraordinario de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) establecido por el Decreto de Urgencia 38-2020:
DISPOSICION | El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo habilitará una plataforma o les remitirá a las entidades financieras, con frecuencia semanal o menor, a través de los medios informáticos correspondientes, la información que les permita corroborar a las entidades que los trabajadores se encuentran comprendidos en una medida de suspensión perfecta de labores. Con la información proporcionada por el MTPE, las entidades financieras pondrán a disposición del trabajador el monto correspondiente en su respectiva cuenta de depósito de Compensación por Tiempo de Servicios, o si el trabajador lo solicita, se transferirá el monto correspondiente a cuentas activas o pasivas del trabajador que éste indique. |
Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:
Alberto Varillas Cueto, Jaime Durand Planas, Macarena Morales Mailhe, Claudia Seminario Gómez, Fressia Sanchez Tuñoque, Sara Kalinicos García, José Andrés Piedra Pereira; y Grecia Elena Aldonate Pinto.
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