Aprueban Estándares de Calidad Ambiental (ECA) de aire de los parámetros cadmio, arsénico y cromo en material particulado menor a diez micras (PM10)
El 23 de noviembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo N°011-2023-MINAM que aprueba los Estándares de Calidad Ambiental-ECA de aire de los parámetros cadmio, arsénico y cromo en material particulado menor a diez micras (PM10).
La norma tiene como objetivo establecer estándares de calidad ambiental de aire para tres (3) elementos: cadmio, arsénico y cromo, presentes en partículas suspendidas en el aire con un tamaño menor a diez micras (PM10). Asimismo, establece que los valores para los parámetros mencionados son obligatorios para el diseño y aplicación de políticas e instrumentos de gestión ambiental.
Las disposiciones complementarias finales de la norma establecen pautas adicionales para la implementación de estándares de calidad ambiental. En la primera disposición, se designa al OEFA como responsable de administrar los datos de monitoreo de cadmio, arsénico y cromo, presentando informes anuales al Ministerio del Ambiente para evaluar los resultados de la aplicación de los estándares.
En la segunda disposición, se aborda la determinación de la línea base para el parámetro Cromo Hexavalente (Cr VI) en material particulado. Se señala que el OEFA llevará a cabo evaluaciones ambientales en áreas con concentraciones de Cromo Total por encima de los límites establecidos en el decreto, y los resultados contribuirán a establecer la línea base.
La tercera disposición se refiere a la aplicación de los ECA en los instrumentos de gestión ambiental (IGA) aprobados. Se especifica que la adaptación a los ECA en IGAs preventivos se realizará en el próximo procedimiento administrativo del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA).
Para mayor detalle del Decreto Supremo, dar click aquí.
Para más información sobre los temas tratados contactarse con los abogados de nuestra Área de Recursos Naturales y Medio Ambiente:
José Miguel Morales Dasso, Alberto Varillas Cueto, Edgardo Portaro van Oordt, Felipe Del Águila, Julia Jimenez Barrantes y Max Cuadros Guillén.
La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional. Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio podrán encontrarse en nuestra página web: www.gsalegal.pe.